La ficha técnica solicita una propuesta para contratar directamente, por proveedor único, la adquisición del inmueble identificado en Santa Bárbara de Samaná, con una superficie de 9,288.11 m². Establece la recepción y evaluación de la propuesta para el 19 de agosto de 2025 y prevé la suscripción del contrato para el 29 de agosto de 2025; el monto estimado del proceso es RD$55,000,000.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La ficha fija la recepción y la evaluación y validación de la propuesta para la misma fecha. Para una adquisición inmobiliaria de RD$55,000,000, el plazo previsto para revisar la documentación del oferente y del inmueble merece comprobarse frente a la diligencia efectivamente realizada; la ficha no demuestra por sí sola que la revisión fuera insuficiente.
“1. Fecha recepción propuesta: 19 DE AGOSTO DEL AÑO 2025. | 2. Evaluación y validación de la propuesta: 19 DE AGOSTO DEL AÑO 2025.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 161 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 161 — Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa
Artículo 161. Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa. Los procedimientos de excepción por selección directa inician con el informe pericial que, además de justificar el uso de la excepción, identifican a una persona natural o jurídica recomendando su selección porque cumple o puede cumplir de forma única o más idónea con la necesidad, conforme al interés general. Una vez emitido el informe pericial, se deberán realizar las siguientes actuaciones: 1. Aprobación del procedimiento de excepción y designación de peritos para la evaluación de propuesta y cotización. El Comité de Compras y Contrataciones pondera el informe que justifica la excepción y recomienda al…
La ficha prevé la suscripción del contrato el 29 de agosto, mientras que el portal registra el contrato como activo y confirmado el 25 de agosto. El dato del portal podría corresponder a registro o tramitación y no necesariamente a la fecha de firma; conviene verificar cuál fue la fecha efectiva de suscripción.
“3. Fecha suscripción del contrato: 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2025.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
Mato Grosso Del Tropico, SRLIdentificada en los documentos del proceso como propietaria del inmueble y seleccionada como proveedor único; adjudicada por RD$55,000,000.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona