El documento es el pliego modificado de la Licitación Pública Nacional INDOTEL-CCC-LPN-2025-0006 para adquirir 12 renglones de equipos tecnológicos en lote único, con presupuesto base de RD$31,300,000.00 impuestos incluidos. Fija la recepción de ofertas hasta el 15 de agosto de 2025 y establece adjudicar al menor precio entre las ofertas que cumplan los requisitos. Incluye requisitos de participación, evaluación técnica y económica, entrega, garantías y ejecución contractual.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego indica que incumplir cualquiera de los requerimientos implica descalificación, aunque en otra sección contempla subsanar documentos legales y regula la subsanación. La redacción general puede generar incertidumbre sobre si se permitirá corregir omisiones subsanables.
“De no cumplirse con uno cualquiera de los requerimientos, el oferente/proponente quedará descalificado y en consecuencia su oferta será desestimada.”
ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.
Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas
Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…
Reglamento 416-23, artículo 121 — Condiciones para la subsanación
Artículo 121. Condiciones para la subsanación. Los peritos tomarán en consideración los aspectos subsanables y no subsanables indicados en el pliego de condiciones, considerando, además, que la oferta se ajusta sustancialmente a éste, cuando concuerda con todos los términos y especificaciones de dichos documentos, sin desviaciones, reservas, omisiones o errores significativos. No se podrá considerar error u omisión subsanable, cualquier corrección que altere la sustancia de una oferta y la mejore. Párrafo. Cuando un requisito no haya sido definido como si es subsanable o no, la ausencia del mismo ameritará un análisis por parte de los peritos para determinar sobre la posibilidad de que la…
Aunque el objeto es la adquisición de equipos, la cláusula de recepción habla de prestación del servicio y términos de referencia. Esta discordancia puede dejar dudas sobre la verificación y conformidad de los bienes entregados.
“Concluida la prestación del servicio, el personal designado por la institución como responsable del contrato procederá a completar un acta de recepción provisional donde determine, a partir de los términos de referencia, si el servicio cump”
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 183 — Designación para la recepción de los bienes, servicios y obras
Artículo 183. Designación para la recepción de los bienes, servicios y obras. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, designará mediante acto administrativo a las personas que se encargarán de recibir el bien, servicio y obra a contratar, a los fines de supervisar su ejecución y dictar las instrucciones necesarias para asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de las facultades que le sean atribuidas. Párrafo. Para la elección de los integrantes de la comisión de recepción, las instituciones contratantes observarán lo dispuesto en el manual de procedimientos ordinarios o de excepción, según…
El pliego establece una penalidad equivalente al 2% del valor del contrato por cada día de retraso, sin indicar en esta cláusula un límite acumulado. Conviene revisar su proporcionalidad y cómo se determinarían el inicio y el cómputo del retraso.
“En primer término, realizará una advertencia escrita y si el proveedor vuelve a retrasar la entrega de los servicios sin causa justificada, se le aplicará una penalidad de un 2% del valor del contrato por cada día de retraso.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Especificaciones técnicas y cantidadesAjustes a los equipos requeridos
La versión inicial del pliego contenía las especificaciones y cantidades originales.
La enmienda ajustó especificaciones y cantidades; el documento presenta los requisitos modificados para los 12 renglones.
Neutral
Tiempo para la entregaPlazo máximo de entrega
Entrega en un máximo de 15 días laborables.
Entrega en un máximo de 20 días laborables desde la certificación del contrato; prevé entregar al menos el 50% en ese plazo si una razón material impide completar la entrega, y el resto en hasta 15 días laborables adicionales.
Relaja
Criterio de adjudicaciónRegla para seleccionar la oferta
El criterio de adjudicación original no se detalla en la información disponible.
Se adjudica al oferente que cumpla los requisitos técnicos y económicos y presente el menor precio.
Aclara
Garantía de fiel cumplimientoVigencia de la garantía
La enmienda amplió la vigencia de la garantía; el plazo previo no se precisa en la información disponible.
La garantía tendrá vigencia de un año, hasta el fiel cumplimiento y la liquidación del contrato.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Artículo 185. Recepción. Las personas designadas serán responsables de recibir los bienes, servicios y obras con carácter provisional. Los recibos firmados estarán sujetos a la conformidad de la recepción, una vez que se haya verificado que la prestación cumple con las condiciones establecidas. Párrafo I. Si se verificaran cantidades faltantes de bienes o servicios incompletos, en un plazo de cinco (5) días hábiles, se deberá intimar al proveedor y exigirle la entrega, otorgando un plazo para los fines. Párrafo II. Si se verificara que los bienes, servicios o la obra correspondiente no cumplieran con lo solicitado se procederá al rechazo de la prestación y, en un plazo de cinco (5) días…