Publicado el 6 ago de 2025Fechado el 5 ago de 202512 páginasEn el mensaje «Acta de Habilitación (Oferentes Habilitados y No habilitados) para apertura de Oferta Económica (Sobre B)»
El acta del 6 de agosto de 2025 aprueba el informe definitivo de evaluación técnica y habilita a Evel Suplidores, BV y Cía e Inversiones Lexcor para la apertura de sus ofertas económicas; descalifica a CA Antojitos de Papel. Aunque identifica el procedimiento como Licitación Pública Nacional, también lo denomina «Comparación de Precios» en pasajes operativos. El acta identifica a Evel con RNC, dato que contrasta con el RNC consignado para esa adjudicataria en la posterior acta de adjudicación.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Esta acta habilita a Evel con RNC. La posterior acta de adjudicación del 18 de agosto consigna para la adjudicataria el RNC, que corresponde a CA Antojitos de Papel; el portal registra un contrato de RD$12,213,000 a nombre de Evel. La diferencia amerita verificar la identidad de la parte adjudicada y contratada, aunque podría tratarse de un error de identificación en el acta posterior.
“EVEL SUPLIDORES, SRL | | 37203 | HABILITAR”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
El documento identifica el proceso como Licitación Pública Nacional, pero también denomina «Comparación de Precios» al procedimiento en pasajes operativos. Para bienes, el umbral de licitación pública de 2025 comienza en RD$6,272,014.16 y el de comparación de precios llega hasta RD$5,644,812.73; el estimado del proceso es RD$35,000,000. La referencia podría ser un arrastre de plantilla, pero conviene confirmar que no afectó la modalidad aplicada.
“continuar con las etapas del Procedimiento de Comparación de Precios Referencia INEFI-CCC-LPN-2025-00010”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
ART. 16. Los procedimientos de selección a los que se sujetarán las contrataciones son: 1) Licitación Pública: Es el procedimiento administrativo mediante el cual las entidades del Estado realizan un llamado público y abierto, convocando a los interesados para que formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará la más conveniente conforme a los pliegos de condiciones correspondientes. Las licitaciones públicas podrán ser internacionales o nacionales. Las licitaciones públicas serán internacionales en los siguientes casos: i) Cuando la compra o contratación esté cubierta por un tratado o acuerdo en vigor entre la República Dominicana y otro Estado u organismo multilateral o bilateral…
ART. 17. Para determinar la modalidad de selección a aplicar en un proceso de compra o contratación se utilizarán los umbrales topes, que se calculan multiplicando el Presupuesto de Ingresos Corrientes del Gobierno Central, aprobado por el Congreso de la República, por los factores incluidos en la siguiente tabla, según corresponda a obras, bienes o servicios: OBRAS BIENES SERVICIOS 1) Licitación pública 0.00060 0.000020 0.000020 2) Licitación restringida 0.00025 0.000008 0.000008 3) Sorteo de obras 0.00015 No Aplica No aplica 4) Comparaciones de precios 0.00004 0.0000015 0.0000015 Compras menores No aplica 0.0000002 0.0000002 A título enunciativo, para el Presupuesto de Ingresos Corrientes…
Oferentes que registra (4)
3 habilitado · 1 descalificado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
CA Antojitos de Papel, S.R.L.Descalificada para la apertura de la oferta económica; este documento no consigna la causa.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 37 — Procedimientos de selección ordinarios
Artículo 37. Procedimientos de selección ordinarios. Los procedimientos de selección ordinarios a los que se sujetarán las compras y contrataciones son licitación pública, que podrá ser nacional o internacional de conformidad con las disposiciones del artículo 16 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones; licitación restringida, sorteo de obras, comparación de precios, subasta inversa y compras menores, según corresponda a las condiciones establecidas en el artículo 17 de la misma ley.