Publicado el 5 ago de 2025Fechado el 30 jul de 20256 páginasEn el mensaje «Primera Enmienda al Pliego de Condiciones INABIE-CCC-LPN-2025-0048 Acta Núm. 0236-2025»
El Acta núm. 0236-2025, de 2025-07-31, aprueba la primera enmienda al pliego del proceso INABIE-CCC-LPN-2025-0048. Entre otros cambios, amplía el inicio del plazo de entrega de 15 a 30 días desde el registro del contrato, modifica la presentación de ofertas y ajusta las garantías y el anticipo para adjudicatarios MIPYMES. Ordena publicar y ejecutar la enmienda de inmediato y dentro de los plazos establecidos.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina la identificación explícita del ejemplar original y la exigencia de firma original en la primera página; se mantienen las firmas en todas las páginas y el foliado.; Se acorta la fecha mínima de vigencia de la garantía, aunque se añade la identificación del oferente participante como asegurado.; Se elimina la referencia al registro satisfactorio del contrato como punto de partida y condición temporal previa al pago del anticipo..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La enmienda exige póliza de seguro en el numeral 8, pero permite póliza o garantía bancaria en el numeral 12. La diferencia deja incierta la modalidad que deben presentar los oferentes MIPYMES para obtener el anticipo.
“El anticipo que le será otorgado al adjudicatario certificado como MiPymes como parte de las condiciones de pago previstas en el presente pliego, será de un monto correspondiente a un veinte por ciento (20%) del valor total adjudicado, se”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 204 · Reglamento 416-23, art. 192 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 204 — Monto de la garantía de buen uso de anticipo
Artículo 204. Monto de la garantía de buen uso de anticipo. Siempre que el adjudicatario haya recibido el anticipo, estará obligado a presentar la garantía de buen uso del anticipo por el total del monto que reciba como pago adelantado.
Reglamento 416-23, artículo 192 — Objetivo de las garantías
Artículo 192. Objetivo de las garantías. con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones generadas por la participación y adjudicación en los procedimientos de selección, las instituciones contratantes exigirán a los oferentes y adjudicatarios, mediante el pliego de condiciones de cada procedimiento, la constitución de garantías en la forma y montos definidos por la ley y el presente reglamento. Párrafo I. Las modalidades de garantía permitidas son la garantía bancaria y la póliza de seguro y deberán ser incondicionales, irrevocables y renovables. Para el caso de MIPYMES, solo será exigida la fianza de seguro. Párrafo II. El pliego de condiciones establecerá el plazo de…
La versión anterior admitía póliza o garantía bancaria para adjudicatarios no MIPYMES; la enmienda deja únicamente la póliza de fianza. Aunque restringe las modalidades aceptadas, la regla permite que el pliego determine la modalidad, por lo que corresponde verificar el efecto práctico sobre la participación y los costos de garantía.
“En esos casos, corresponderá al adjudicatario presentar en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles una garantía de tipo Póliza de Fianza a primer requerimiento o Garantía Bancaria por el equivalente al cuatro por ciento (4%) del monto d”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 192 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 192 — Objetivo de las garantías
Artículo 192. Objetivo de las garantías. con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones generadas por la participación y adjudicación en los procedimientos de selección, las instituciones contratantes exigirán a los oferentes y adjudicatarios, mediante el pliego de condiciones de cada procedimiento, la constitución de garantías en la forma y montos definidos por la ley y el presente reglamento. Párrafo I. Las modalidades de garantía permitidas son la garantía bancaria y la póliza de seguro y deberán ser incondicionales, irrevocables y renovables. Para el caso de MIPYMES, solo será exigida la fianza de seguro. Párrafo II. El pliego de condiciones establecerá el plazo de…
Cambios que introduce (6)
Sección
Antes
Después
Efecto
Numeral 14, tiempo de entregaInicio del plazo de entrega
Inicio de la entrega a los 15 días desde la firma y el registro satisfactorio del contrato.
Inicio de la entrega a los 30 días desde el registro satisfactorio del contrato.
Relaja
Numerales 9 y 9.2, presentación de ofertasOfertas físicas en formato digital
Se requerían dos sobres con memorias USB; el original debía identificarse como “ORIGINAL” y llevar firma original en la primera página, además de firmas y foliado en todas las páginas.
Se mantienen dos sobres con memorias USB y firmas en todas las páginas, pero ya no se exige marcar el ejemplar como “ORIGINAL” ni especificar una firma original en la primera página; se añade identificación de cada sobre.
RelajaQuita un control: Se elimina la identificación explícita del ejemplar original y la exigencia de firma original en la primera página; se mantienen las firmas en todas las páginas y el foliado.
Numeral 11.2, literal d, garantía de seriedadVigencia mínima de la garantía de seriedad
La vigencia no debía ser menor al 21 de noviembre de 2025.
La vigencia no deberá ser menor al 24 de octubre de 2025; se añade que el asegurado debe ser el oferente participante.
RelajaQuita un control: Se acorta la fecha mínima de vigencia de la garantía, aunque se añade la identificación del oferente participante como asegurado.
Numerales 7 y 12, anticipo y condiciones de pagoPlazo y condición para pagar el anticipo MIPYME
Anticipo de hasta 20%, pagadero en un plazo no mayor de 45 a 60 días hábiles desde la firma y registro satisfactorio del contrato.
Anticipo del 20%, pagadero en un plazo no mayor de 30 días hábiles desde la firma del contrato; ya no se menciona el registro satisfactorio como condición temporal.
RelajaQuita un control: Se elimina la referencia al registro satisfactorio del contrato como punto de partida y condición temporal previa al pago del anticipo.
Numerales 7 y 12, anticipo y condiciones de pagoGarantía de buen uso del anticipo
Se admitía póliza de seguro a primer requerimiento o garantía bancaria que cubriera la totalidad del avance inicial.
El numeral 8 exige póliza de seguro; el numeral 12 permite póliza de seguro o garantía bancaria para el mismo anticipo.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona