La Circular núm. 001-2025, de 2025-07-29, responde consultas del proceso para adquirir furgonetas de carga. Rechaza ampliar el volumen y las dimensiones máximas porque, según la institución, vehículos más grandes tendrían dificultades para acceder a sus parqueos; acepta la recomendación de modificar el requisito del motor y remite a la Enmienda 02-2025.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| Especificaciones técnicas: motorCilindrada y potencia mínima | Motor de 2.4 a 2.8 litros, 4 cilindros; potencia mínima de 127 hp. | Se acepta la recomendación de permitir motor desde 2.0 litros y potencia desde 110 hp; la circular remite a la Enmienda 02-2025 para la modificación. | Relaja |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona