La Enmienda núm. 001-2025, fechada el 24 de julio de 2025, modifica la acreditación financiera del proceso SUPBANCO-CCC-CP-2025-0012. Permite presentar, a elección del oferente, una certificación de línea de crédito vigente o de saldo disponible en cuentas bancarias, por un monto mínimo del 10 % de la oferta económica; admite sumar saldos de distintas entidades financieras reguladas por la Superintendencia de Bancos.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| Numerales 10.1.1.2 y 12.1.2, punto 2Acreditación financiera mediante certificación bancaria | El documento no reproduce el requisito financiero original; indica que modifica los numerales 10.1.1.2 y 12.1.2. | Se admite, a elección del oferente, una línea de crédito vigente o saldo disponible en cuentas bancarias, por al menos el 10 % de la oferta; pueden sumarse saldos de entidades financieras reguladas. | Relaja |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona