El Comité de Compras y Contrataciones del INEFI aprobó mediante el Acta núm. 0025-2025, de fecha 2025-07-25, el informe económico y adjudicó a Saglomeva, S.R.L. el suministro de 225 tableros por RD$5,442,750. La apertura económica se realizó para el único oferente habilitado técnicamente; Multiservicios Paula, S.R.L. y MDL Alteknativa Tech, S.R.L. fueron descalificadas.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta registra tres ofertas técnicas, pero solo una fue habilitada y se abrió su oferta económica. Aunque el pliego permite considerar una oferta única, la competencia efectiva y la referencia de precio quedaron limitadas a Saglomeva.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El acta adjudica a Saglomeva el suministro de tableros. Según el dato de DGII aportado, consultado en 2026, su actividad registrada es enseñanza para adultos y servicios de enseñanza; conviene verificar la actividad y capacidad comercial que tenía al ofertar en 2025, sin inferir que el dato actual rigiera entonces.
“SEGUNDO: ADJUDICAR como en efecto ADJUDICA al oferente: SAGLOMEVA, S.R.L., RNC, RPE, 120482”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Saglomeva, S.R.L.Habilitada técnicamente; su oferta económica cumplió y fue recomendada para adjudicación del Ítem 1.
Adjudicado
Ítem 1
RD$5,442,750
Multiservicios Paula, S.R.L.Descalificada en la evaluación técnica; según el acta de habilitación anterior, no presentó la muestra exigida.
No habilitado
Ítem 1
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MDL Alteknativa Tech, S.R.L.Descalificada en la evaluación técnica; el acta consigna que faltaban los estados financieros y la declaración IR-2 de 2022.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona