La Enmienda núm. 1, fechada el 1 de julio de 2025, modifica el pliego del proceso INEFI-CCC-CP-2025-0025. Establece un plazo de entrega de siete días, cambia las condiciones de pago y la forma de presentar ofertas, y especifica 225 tableros de fibra de vidrio de 64×48 pulgadas y 6 cm de grosor.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Aunque el proceso está reservado a MIPYMES mujer, la enmienda dispone que la entidad «podrá» comprometerse a entregar el anticipo y lo condiciona a solicitud del adjudicatario. El reglamento establece que las MIPYMES recibirán un avance inicial del 20%, por lo que la redacción convierte en facultativa una previsión reglamentaria presentada como obligatoria.
“Cuando el adjudicatario esté calificado dentro de la calificación Micro, Pequeña o Mediana empresa (MIPYME), a solicitud del oferente adjudicatario, la Entidad Contratante podrá comprometerse a entregar, por concepto de avance, un porcentaj”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 155 · Reglamento 416-23, art. 168 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 155 — De la adquisición de bienes y servicios a MIPYMES
Artículo 155. De la adquisición de bienes y servicios a MIPYMES. Los entes u órganos contratantes fomentarán que en los procedimientos dirigidos exclusivamente a MIPYMES, los bienes y servicios a adquirir serán de origen, manufactura o producción industrial. El pliego de condiciones indicará de manera detallada la referencia y especificaciones de los bienes y servicios. Párrafo: Las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) podrán participar en los procedimientos ordinarios libremente y en cualquiera de las modalidades de selección recibirán por concepto de anticipo el veinte por ciento (20 %) del valor de contrato u orden de compra o de servicio adjudicada, además de aplicarle una…
Reglamento 416-23, artículo 168 — Anticipo o avance
Artículo 168. Anticipo o avance. Las instituciones contratantes no podrán comprometerse a entregar por concepto de anticipo o avance, un porcentaje mayor al veinte por ciento (20 %) del valor del contrato u orden de compra, y los pagos restantes deberán ser entregados en la medida del cumplimiento del mismo. Párrafo. En el caso de adjudicaciones realizadas a favor de una MIPYME, las instituciones contratantes deberán entregar un avance inicial del veinte por ciento (20 %) del valor del contrato, orden de compra o de servicio.
La enmienda fija tableros de 64×48 pulgadas; según el resumen de la Circular núm. 1 del expediente, se había autorizado presentar una muestra de 72×46 utilizada en un proceso anterior. La diferencia entre la muestra admitida y la dimensión ahora especificada merece verificar cómo se comprobó la conformidad técnica de las ofertas.
“1 | TABLEROS DE BALONCESTO EN FIBRA DE VIDRIO 64X48, GROSOR DE 6 CM, CON AROS DE METAL Y MALLAS DE NYLON INCLUIDOS DE ALTA CALIDAD. PARA USO INTERIOR Y EXTERIOR. ROTULADOS CON EL LOGO DE LA INSTITUCION. | UD | 225”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
Plazo anterior del numeral 6, no reproducido en la enmienda.
Entrega total en un plazo máximo de siete días contado desde la certificación del contrato; se prevé eliminar la adjudicación si no se cumple.
Endurece
Numeral 11, página 31Anticipo y pago del saldo
Condiciones de pago anteriores, no reproducidas en la enmienda.
Para adjudicatarios MIPYME, anticipo de hasta 20% sujeto a solicitud; el 80% restante tras entrega y recepción. Para adjudicatarios que no sean MIPYME, pago total tras recepción conforme.
Relaja
Forma de presentación de ofertas, Sobre A y Sobre BSoporte de presentación
Forma anterior de presentación, no reproducida en la enmienda.
Permite presentar ofertas electrónicamente por el SECP o en papel; en papel exige dos sobres y copias, mientras que la copia digital USB es opcional.
Aclara
Especificaciones técnicasDimensiones y características de los tableros
Especificación anterior no reproducida en la enmienda.
225 tableros de fibra de vidrio de 64×48 pulgadas, grosor de 6 cm, con aros metálicos y mallas de nylon, para uso interior y exterior y rotulados con el logo institucional.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona