La Enmienda núm. 2 del proceso MIMARENA-CCC-LPN-2025-0003, emitida el 23 de julio de 2025, modifica las reglas de la oferta económica y las condiciones de pago. Admite un formato distinto al SNCC.F.033 si contiene la misma información y establece pagos de 20%, 30%, 20% y 30%, con plazos máximos de 30 días para el anticipo y 60 días para los pagos posteriores.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| Pliego, 9.2.1 Documentos de la oferta económica «Sobre B»Formato de la oferta económica | Se exigía el formulario SNCC.F.033 y se calificaba como no subsanable, salvo errores aritméticos. | Se mantiene el SNCC.F.033, pero no se invalidarán ofertas en otro formato si contienen la misma información. | Relaja |
| Pliego, 32. Condiciones de pago y retencionesCalendario y condiciones de pago | Se distribuían porcentualmente los pagos, pero no se fijaba el plazo para las erogaciones posteriores al anticipo. | Anticipo de 20% dentro de 30 días de la firma, contra garantía por el total del avance; luego pagos de 30%, 20% y 30%, cada uno en un plazo máximo de 60 días y vinculados a entregables. | Aclara |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona