El Acta AC-30-2025, de fecha 2025-06-16, adjudica la Licitación Pública Nacional DGAP-CCC-LPN-2025-0005 a Seti & Sidif Dominicana, SRL por RD$5,802,960.00. El comité habilitó a ese oferente y declaró no conforme la oferta técnica de CookiesJar, SRL por incumplimientos técnicos y financieros, además de consignar que su garantía de seriedad se incluyó en el Sobre A.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta consigna que CookiesJar incluyó en el Sobre A una garantía por RD$50,915.84, identificada como el 1% de una oferta de RD$5,091,584.00. Esto habría expuesto información económica durante la evaluación técnica, cuando el reglamento dispone separar las ofertas y abrir las económicas solo después de concluir la evaluación técnica; el acta no establece que esto alterara la adjudicación.
“Esta garantía de seriedad déla oferta emitida por la compañía de seguros APS, bajo el contrato núm. 1-1120-38812 por un valor de cincuenta mil novecientos quince con 84/100 (RD$50,915.84), equivalente al 1% del monto total de cinco millones”
Reglamento 416-23, artículo 110 — División de las propuestas
Artículo 110. División de las propuestas. Las propuestas deberán contener una oferta técnica y una oferta económica. Estas ofertas deberán presentarse por separado a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), el cual garantizará la encriptación de las ofertas presentadas, o en soporte papel en el lugar y fecha establecidos en el pliego de condiciones. Cuando las propuestas sean presentadas en soporte papel, la oferta técnica y la oferta económica deberán presentarse mediante sobres separados y sellados para garantizar la confidencialidad.
Reglamento 416-23, artículo 112 — Contenido de la oferta económica
Artículo 112. Contenido de la oferta económica. El sobre de la oferta económica se denominará “Sobre B” y deberá́ contener: 1) El precio propuesto o el costo, tomando en cuenta el ciclo de vida del bien, servicio u obra ofertada, cuando corresponda. 2) La garantía de la seriedad de la oferta, según aplique.
Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas
Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…
El acta registra dos oferentes y solo una oferta económica habilitada. CookiesJar fue excluida, entre otros aspectos, por no aportar una carta del fabricante con asistencia técnica en sitio y evidencias de al menos tres proyectos similares; conviene contrastar esos requisitos con el pliego y su proporcionalidad respecto del objeto, sin que el acta por sí sola permita concluir que fueran impropios.
“No presento 1) La carta firmada, sellada y en papel timbrado por el fabricante, dirigido a la Dirección General de Aduanas, en la cual confirme que lo acompañará durante el proceso de implementación, asignando un técnico directamente de fáb”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Oferentes que registra (2)
1 adjudicado · 1 no habilitado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Seti & Sidif Dominicana, SRLEl comité consideró conforme su documentación legal, financiera y técnica; su oferta económica cumplió con los requisitos de garantía y resultó adjudicada.
Adjudicado
—
RD$5,802,960
CookiesJar, SRLEl informe citado por el acta indicó que no presentó varios documentos y evidencias requeridos, que el software propuesto no incluía funcionalidades exigidas y que su estabilidad financiera no era adecuada. El comité también observó que la garantía de seriedad estaba en el Sobre A.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona