El pliego establece una subasta inversa electrónica para adquirir vehículos utilitarios en 13 lotes, con presupuesto estimado de RD$1,077,842,000.00, distribuido entre 2025 y 2026. Fija los requisitos de participación, evaluación y adjudicación por lote, y prevé entregas escalonadas hasta 2026.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El procedimiento incluye vehículos de rescate y camiones taller con carrozados, equipos hidráulicos y herramientas de extracción y reparación con especificaciones particulares. Conviene verificar que estos lotes puedan tratarse como bienes comunes y estandarizados, condición prevista para la subasta inversa; la especificidad técnica por sí sola no permite concluir que no lo sean.
“Vagón fabricado en Aluminio prepintado blanco, perfiles galvanizados y múltiples. Compartimientos inferiores para el transporte de equipos y … herramientas para extracción y rescate”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 16 · Reglamento 416-23, art. 43 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 16
ART. 16. Los procedimientos de selección a los que se sujetarán las contrataciones son: 1) Licitación Pública: Es el procedimiento administrativo mediante el cual las entidades del Estado realizan un llamado público y abierto, convocando a los interesados para que formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará la más conveniente conforme a los pliegos de condiciones correspondientes. Las licitaciones públicas podrán ser internacionales o nacionales. Las licitaciones públicas serán internacionales en los siguientes casos: i) Cuando la compra o contratación esté cubierta por un tratado o acuerdo en vigor entre la República Dominicana y otro Estado u organismo multilateral o bilateral…
Reglamento 416-23, artículo 43 — De la subasta inversa
Artículo 43. De la subasta inversa. Este procedimiento podrá utilizarse para la contratación de bienes comunes y estandarizados, en el cual los oferentes realizan propuestas en el plazo establecido en el pliego de condiciones, reduciendo el precio inicialmente ofertado en valores o porcentajes mínimos mediante puja electrónica a través del SECP.
La sección de documentos financieros pide estados comparativos del último ejercicio, mientras que la tabla de evaluación requiere los dos últimos ejercicios consecutivos. La diferencia puede afectar qué documentación deben preparar los oferentes y cómo se verifica la solvencia.
“Estado Financiero comparativo conforme las normas NIC’S del último ejercicio contable certificado por una firma de auditores o un CPA (contador público autorizado), debidamente inscrito y autorizado en el instituto de contadores ICPARD. … E”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 72 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
Oferentes que registra (9)
8 adjudicado · 1 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
CK Trans Motors, S.R.L.Adjudicatario de los lotes 3, 7, 9 y 11, según el acta de adjudicación; el acta rectificativa posterior modificó montos de los lotes 3 y 7.
La Antillana Comercial, S.A.El acta la identifica entre los participantes en los lotes 8, 9, 10, 11 y 12; el resumen disponible indica que no figura entre los oferentes habilitados para evaluación económica.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona