La Resolución MIVHED/CCC/2025/119, de 13 de junio de 2025, aprueba el informe pericial y adjudica el procedimiento de excepción por proveedor único MIVHED-CCC-PEPU-2025-0009 a Multigestiones Cenrex, S.A.S. El contrato de alquiler del local en Punta Cana por 12 meses se adjudica por RD$7,133,946.34, impuestos incluidos.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La resolución identifica un contrato anterior con Multigestiones Cenrex para la renovación del alquiler del local en Punta Cana y adjudica a esa misma empresa un nuevo contrato por 12 meses mediante excepción por proveedor único. La reiteración de la excepción para una necesidad de alquiler recurrente merece verificar la justificación de que el inmueble o proveedor sigue siendo insustituible y la razonabilidad del precio; el documento indica que hubo informes periciales, pero no reproduce su análisis de alternativas.
“VISTO: El contrato , de fecha treinta (30) del mes de mayo del año dos mil veintitrés (2023), suscrito entre el Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED) y MULTIGESTIONES CENREX, S.A.S., correspondiente al proceso de Excep”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 57 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único
Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El portal registra una sola empresa oferente y un monto estimado de RD$7,133,946.34, igual al monto adjudicado que consigna la resolución. La coincidencia no demuestra por sí misma una irregularidad, pero, al no haber otra oferta registrada, conviene verificar cómo se estableció el precio estimado y su razonabilidad.
“MULTIGESTIONES CENREX, S.A.S. RD$7,133,946.34”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 161 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 161 — Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa
Artículo 161. Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa. Los procedimientos de excepción por selección directa inician con el informe pericial que, además de justificar el uso de la excepción, identifican a una persona natural o jurídica recomendando su selección porque cumple o puede cumplir de forma única o más idónea con la necesidad, conforme al interés general. Una vez emitido el informe pericial, se deberán realizar las siguientes actuaciones: 1. Aprobación del procedimiento de excepción y designación de peritos para la evaluación de propuesta y cotización. El Comité de Compras y Contrataciones pondera el informe que justifica la excepción y recomienda al…
Oferentes que registra (1)
1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Multigestiones Cenrex, S.A.S.El informe pericial concluyó que cumplía con todos los requisitos establecidos en la ficha técnica; el Comité aprobó el informe y adjudicó su propuesta.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona