El informe pericial recomienda contratar por excepción de proveedor único el alquiler, por 12 meses, de un local en Punta Cana perteneciente a Multigestiones Cenrex, S.A.S., y sustenta la recomendación en sus oficinas, mobiliario, parqueos y metraje. El documento está fechado el 16 de abril de 2024, aunque el proceso fue convocado el 14 de mayo de 2025; el monto adjudicado que consta en los antecedentes del proceso es RD$7,133,946.34.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe lleva fecha 16 de abril de 2024, más de un año antes de la convocatoria del proceso, publicada el 14 de mayo de 2025. Conviene verificar si la motivación de proveedor único fue actualizada y aprobada para este procedimiento; el expediente podría contener un informe posterior.
“Santo Domingo, D.N. 16 del mes de abril de 2024.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 149 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 149 — Etapas comunes de los procedimientos de excepción
Artículo 149. Etapas comunes de los procedimientos de excepción. Salvo los casos de excepción por emergencia y seguridad nacional que iniciarán con decreto presidencial, el primer trámite de los procedimientos de excepción es el requerimiento de compra o contratación, seguido de los estudios previos, conforme a las disposiciones establecidas en la Sección I sobre “Fase de Planificación y Preparación”, del presente capítulo. Posteriormente, deberán realizarse las siguientes actuaciones: 1. Informe que justifique el uso de la excepción. La Unidad Operativa de Compras y Contrataciones gestionará la elaboración de un informe pericial que podrá ser requerido a la unidad requirente o a un experto…
El informe basa la recomendación en que la empresa es propietaria del local y en sus características físicas y funcionales. Esos elementos describen la idoneidad de ese inmueble, pero no acreditan por sí mismos que sea insustituible o la única opción disponible para satisfacer la necesidad; corresponde verificar el sustento de esa exclusividad.
“Por lo que resulta necesaria la contratación de alquiler del local de propiedad de la empresa Multigestiones Cenrex, S.A.S. (...) debido a que este consta de lo siguientes”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 57 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único
Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…
Multigestiones Cenrex, S.A.S.Propietaria del local cuya contratación recomienda el informe; el proceso fue adjudicado a esta empresa según los antecedentes del expediente.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona