Publicado el 20 jun de 2025Fechado el 11 jun de 20259 páginasEn el mensaje «La lista de oferentes del proceso BAGRICOLA-CCC-PEPU-2025-0003 publicada por Banco Agrícola de la República Dominicana»
El Comité aprobó los informes finales y adjudicó, el 12 de junio de 2025, los seis lotes de renovación tecnológica por un total de RD$120,709,342.89, frente a una apropiación presupuestaria de RD$120,738,464.00. Los adjudicatarios fueron IP Expert IPX, GBM Dominicana, SS Dominicana, Camsoft, Hostseven e IT Comm Solutions; el acta ordenó notificar el resultado y publicar la resolución.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica a IT Comm Solutions el lote 6 por RD$1,113,602.49, pero el listado de contratos del portal aportado para este proceso muestra cinco adjudicatarios y no registra contrato de esa empresa. Debe verificarse si el contrato fue formalizado y publicado después de la consulta o si permanece pendiente, pues el proceso figura como celebrado.
“6 | IT COMM SOLUTIONS, SRL | | SERVICIO Y SOPORTE DE ALMACENAMIENTO DE BACKUPS DE SEGURIDAD EN LA NUBE DE HUAWEI | $1,113,602.49”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 163 · Reglamento 416-23, art. 167 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 163 — Formalización y perfeccionamiento de la compra o contratación
Artículo 163. Formalización y perfeccionamiento de la compra o contratación. Las compras y contrataciones públicas deberán formalizarse a través de la firma de un contrato que contendrá como mínimo, las cláusulas establecidas en la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones. Párrafo. En los procedimientos de compras menores o compras por debajo del umbral, la adquisición podrá formalizarse mediante una orden de compra o servicio. Sin perjuicio de lo anterior, cuando se trate de obligaciones de ejecución o tracto sucesivo o diferida en el tiempo, deberán formalizarse mediante contrato.
Reglamento 416-23, artículo 167 — Publicidad del contrato u orden de compra o servicio
Artículo 167. Publicidad del contrato u orden de compra o servicio. El contrato, orden de compra u orden de servicio que se suscriba, deberá difundirse por el SECP y en el portal institucional, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su perfeccionamiento.
El acta consigna coincidencia exacta entre oferta y monto presupuestado en varios renglones del lote 1 y en los lotes 3 y 5. En este procedimiento directo con proveedores identificados por lote, el dato merece revisión de cómo se estimaron y validaron independientemente los precios; por sí solo no demuestra una irregularidad.
“MONTO TOTAL DE LA OFERTA | RD $699,116.00 | Monto presupuestado | RD $699,116.00 | Diferencia porcentual | 0%”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 161 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 161 — Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa
Artículo 161. Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa. Los procedimientos de excepción por selección directa inician con el informe pericial que, además de justificar el uso de la excepción, identifican a una persona natural o jurídica recomendando su selección porque cumple o puede cumplir de forma única o más idónea con la necesidad, conforme al interés general. Una vez emitido el informe pericial, se deberán realizar las siguientes actuaciones: 1. Aprobación del procedimiento de excepción y designación de peritos para la evaluación de propuesta y cotización. El Comité de Compras y Contrataciones pondera el informe que justifica la excepción y recomienda al…
El documento presenta como integrantes del Comité a seis personas, incluida la Oficial de Cumplimiento, mientras que el artículo 9 del Reglamento establece una conformación de cinco miembros. Conviene verificar si la persona adicional participó como integrante con voto o como observadora, y cómo se determinó la composición del órgano que aprobó la adjudicación.
“se reunieron los miembros Comité de Compras y Contrataciones de dicha institución debidamente conformado por Ricar Rodríguez, que actúa en su calidad de presidente del comité delegado por el Sr. Fernando Durán, Administrador General; Marlyn”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 9 · Reglamento 416-23, art. 10 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 9 — Conformación del Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 9. Conformación del Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones estará conformado por cinco miembros: 1. La máxima autoridad ejecutiva de la institución contratante o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá. 2. El titular del área administrativa y financiera. 3. El titular del área jurídica. 4. El titular del área de planificación y desarrollo institucional. 5. El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública. Párrafo I. En aquellas instituciones contratantes que no cuenten con una estructura orgánica que permita la integración prevista en el presente artículo, se deberá identificar otro servidor de la…
Reglamento 416-23, artículo 10 — Deliberación del Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 10. Deliberación del Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones es un órgano que ejercerá sus funciones de forma colegiada y se considerará válidamente reunido con tres (3) de los cinco (5) miembros, no pudiendo faltar en ningún caso el presidente del comité o quien designe. Párrafo I. El Comité de Compras y Contrataciones decidirá por la mayoría absoluta de votos de los miembros presentes o debidamente representados y, en caso de empate, el voto del presidente será decisivo. Párrafo II. Todas las decisiones o actuaciones del Comité de Compras y Contrataciones se harán constar mediante actos administrativos motivados que dejarán constancia de la…
El acta consigna una apropiación de RD$120,738,464.00, mientras que el portal indica un monto estimado de RD$119,541,882.06, una diferencia de RD$1,196,581.94. Puede responder a una actualización o a datos del portal que no reflejan la última versión; conviene conciliar las cifras, pues la adjudicación suma RD$120,709,342.89.
“por un monto total RD$120,738,464.00 (Ciento veinte millones setecientos treinta y ocho mil cuatrocientos sesenta y cuatro pesos dominicanos con 00/100).”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
Oferentes que registra (6)
6 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
IP EXPERT IPX, SRLEl informe final concluyó que cumplió los requisitos técnicos y económicos; adjudicataria del lote 1.
Adjudicado
Lote 1
RD$77,144,648
GBM DOMINICANA, S.A.El informe final concluyó que cumplió los requisitos técnicos y económicos; adjudicataria del lote 2.
Adjudicado
Lote 2
RD$12,971,276
SS DOMINICANA, SRLEl informe final concluyó que cumplió los requisitos técnicos y económicos; adjudicataria del lote 3.
Adjudicado
Lote 3
RD$13,900,000
CAMSOFT, SRLEl informe final concluyó que cumplió los requisitos técnicos y económicos; adjudicataria del lote 4.
Adjudicado
Lote 4
RD$13,317,960
HOSTSEVEN, SRLEl informe final concluyó que cumplió los requisitos técnicos y económicos; adjudicataria del lote 5.
Adjudicado
Lote 5
RD$2,261,856
IT COMM SOLUTIONS, SRLEl informe final concluyó que cumplió los requisitos técnicos y económicos; adjudicataria del lote 6.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona