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Abriendo la ficha…

Acta de adjudicación

ACTA DE ADJUDICACION FINAL.pdf

Adquisición de Electrodomésticos para ser donados a familias de escasos recursos · Comisión Presidencial Apoyo Desarrollo Barrial

Publicado el 18 jun de 2025Fechado el 12 jun de 20258 páginasEn el mensaje «Informe final de la selección DO1.AWD.1781223»

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso CPADB-CCC-LPN-2025-0001

Lo que dice

El acta, fechada el 13 de junio de 2025, adjudica a Aspadom, SRL la adquisición de los electrodomésticos por RD$6,468,679.76, pese a que la identifica como la tercera oferta de menor precio. Registra como no conformes a Mediterraneo Investment Group e Inversiones Yang por ofertar montos que considera muy inferiores al presupuesto y al mercado; también declara no conformes a Obelca y Suplidora Hawaii por motivos distintos.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (2)

GraveHallazgo en documentosRD$6.5 millones

Se descartan las ofertas más baratas por precio bajo y se adjudica la tercera

Documento del 18 jun 2025 · hace 1 año

El acta atribuye la no conformidad de las dos ofertas más económicas a que sus montos estaban muy por debajo del presupuesto y de las demás ofertas, y adjudica a Aspadom, la tercera por precio. El pliego aportado establece menor precio entre las ofertas técnicamente conformes; el artículo 130 del Reglamento 416-23 exige que el pliego fije criterios y diferencia porcentual para calificar una oferta como no sustentable y que se solicite una explicación antes de descalificarla. La decisión tiene efecto directo en la selección y el monto adjudicado.

“se pudo constatar que, aunque fueron las ofertas más económicas presentadas, estas no son las más convenientes para el uso de la institución, ya que no cumple con lo requerido en relación a que los montos presentados están muy por debajo de”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · Reglamento 416-23, art. 72 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias

Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 26

ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…

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A revisarHallazgo en documentos

La descripción del producto adjudicado no coincide claramente con el requisito de estufa

Documento del 18 jun 2025 · hace 1 año

El acta consigna como bien requerido una estufa con horno, pero en su tabla de ofertas describe las estufas ofertadas —incluida la de Aspadom— como estufas de mesa, sin aclarar en el documento la discrepancia. Conviene verificar la ficha técnica adjudicada para determinar si el producto cumplía la característica exigida.

“Estufa de 4 hornillas con horno de 20 pulgadas … ESTUFAS DE MESA DE 4 HORNILLAS”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 26

ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Oferentes que registra (10)

5 habilitado · 4 no habilitado · 1 adjudicado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Mediterraneo Investment Group, SRLNo cumple; el acta atribuye la no conformidad a que su precio estaba muy por debajo del presupuesto y de las demás ofertas.No habilitado—RD$5,029,998
Interseas Dominicana, SRLEvaluada como Cumple.Habilitado—RD$7,380,000
Aspadom, SRLAdjudicada por cumplir, según el acta, las especificaciones y ser la oferta más conveniente; el acta la sitúa en tercer lugar por precio.Adjudicado—RD$6,468,680
Inversiones Yang, SRLNo cumple; el acta atribuye la no conformidad a que su precio estaba muy por debajo del presupuesto y de las demás ofertas.No habilitado—RD$5,148,866
Distribuidora Hued, SRLEvaluada como Cumple.Habilitado—RD$7,785,001
Casa Diosa, SRLEvaluada como Cumple.Habilitado—RD$7,112,498
Obelca, SRLNo cumple; el acta indica que su oferta sobrepasaba la apropiación presupuestaria.No habilitado—RD$9,953,300
Transolucion JR, SRLEvaluada como Cumple.Habilitado—RD$8,150,005
Santinis Investments, SRLEvaluada como Cumple.Habilitado—RD$7,326,620
Suplidora Hawaii, SRLNo cumple; el acta indica que la oferta económica no incluía todos los ítems solicitados.No habilitado—RD$7,267,999

Otros documentos del proceso (24)

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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