La Enmienda No. 5 modifica el pliego del proceso MESCYT-CCC-LPN-2025-0001, convocado el 16 de mayo de 2025, luego de observaciones del Departamento de Monitoreo fechadas el 13 de junio de 2025. Elimina el numeral sobre valor referencial, fija que el anticipo se entregará únicamente a adjudicatarios certificados como MIPYME dentro de 15 días hábiles del registro del contrato y tras presentar garantía de buen uso, y condiciona el inicio de la ejecución a la certificación del registro contractual por la Contraloría.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se suprime el mecanismo del valor referencial que podía servir para identificar y descalificar ofertas de precio no sustentable; la enmienda no establece otro umbral porcentual..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Numeral 4, página 11 del pliegoValor referencial y descalificación por precio bajo
El pliego incluía el uso de valor referencial, pero sin fijar el porcentaje de baja ni el monto de referencia por lote.
Se elimina íntegramente el numeral 4; la enmienda indica que no se consideró un rango porcentual y que el criterio de evaluación era cumple/no cumple.
RelajaQuita un control: Se suprime el mecanismo del valor referencial que podía servir para identificar y descalificar ofertas de precio no sustentable; la enmienda no establece otro umbral porcentual.
Plazo de pago del anticipoElegibilidad, plazo y garantía del anticipo
El pliego consignaba plazos contradictorios: 15 días hábiles desde el registro del contrato y 30 días hábiles desde su firma.
El anticipo se entrega solo al adjudicatario certificado como MIPYME, en un plazo máximo de 15 días hábiles desde el registro en la Contraloría y contra una póliza que cubra el 20% del avance inicial.
Endurece
Tiempo de ejecución del servicioInicio de la ejecución contractual
El pliego indicaba ejecución durante 2025 y dentro de los cinco días calendario desde el requerimiento, sin precisar claramente cuándo comenzaba a ser exigible.
La ejecución se iniciará luego de que la Contraloría General de la República formalice la certificación del registro del contrato.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona