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Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego INEFI-CCC-LPN-2025-0013.pdf

CONTRATACION DE LOS SERVICIOS PARA EL PROGRAMA DE ENTRETENIMIENTO VIRTUAL, EDUCATIVO, CULTURAL E INTERACTIVO PARA LOS XI JUEGOS ESCOLARES DEPORTIVOS NACIONALES SAN FRANCISCO 2025 · Instituto Nacional de Educacion Fisica

Publicado el 16 jun de 202550 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso INEFI-CCC-LPN-2025-0013

Lo que dice

El pliego establece una licitación pública nacional con presupuesto base de RD$12,000,000 para servicios vinculados al programa de entretenimiento de los XI Juegos Escolares Deportivos Nacionales San Francisco 2025, con recepción de ofertas prevista para el 31 de julio de 2025. Sin embargo, una sección describe otro objeto contractual y lo reserva exclusivamente a MIPYMES, en contradicción con la descripción del servicio y con la ficha del portal, que indica que no está reservado a ese sector.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (2)

A revisarHallazgo en documentosRD$12 millones

Objeto y reserva MIPYME contradictorios

Documento del 16 jun 2025 · hace 1 año

El pliego identifica el proceso como un servicio de entretenimiento, pero en la descripción del objeto menciona servicios de protocolo, seguridad, higiene y recorrido de la antorcha, y declara que es exclusivamente para MIPYMES. El portal, según los datos aportados, lo registra como servicio de entretenimiento no reservado a MIPYMES; la contradicción puede afectar quién entiende que puede participar y qué servicio debe ofertar.

“Constituye el objeto de la presente convocatoria recibir ofertas para la/el (CONTRATACION DE LOS SERVICIOS DE PROTOCOLO, SEGURIDAD, HIGIENE Y RECORRIDO DE LA ANTORCHA PARA LOS XI JUEGOS ESCOLARES DEPORTIVOS NACIONALES SAN FRANCISCO 2025, EX”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 20 · Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 20

ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

Experiencia reciente marcada como no subsanable

Documento del 16 jun 2025 · hace 1 año

Se exige acreditar al menos tres servicios similares recibidos conforme durante los seis meses anteriores al lanzamiento, y el pliego califica esos certificados como no subsanables. Al ser documentación de experiencia del oferente, su carácter no subsanable merece revisión frente a la regla de subsanabilidad de documentos de credenciales, y el plazo de seis meses puede restringir la participación si no se justifica por las necesidades del servicio.

“Certificación de recibido conforme de servicios similares, emitida por empresas, públicas o privadas de los últimos 6 meses a partir de la fecha del lanzamiento de este proceso. (mínimo 3) [No subsanable]”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 120 · Reglamento 416-23, art. 82 · Ley 340-06, art. 21 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas

Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Otros documentos del proceso (30)

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  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 16 jun de 2025
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 16 jun de 2025
  • ACTO ADMINISTRATIVO.pdfInforme pericial · 16 jun de 2025 · 3 señales
  • COMPROMISO ETICO.pdfDocumento · 16 jun de 2025
  • CONVOCATORIA.pdfDocumento · 16 jun de 2025
  • DICTAMEN JURIDICO 0013.pdfDictamen · 16 jun de 2025
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 21

ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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