La Enmienda IV del proceso INEFI-CCC-CP-2025-0023, fechada el 13 de junio de 2025, modifica el cronograma, la subsanabilidad de la copia de la matrícula profesional, la garantía de seriedad y el criterio de adjudicación. Mantiene la recepción de ofertas para el 18 de junio de 2025 a las 10:00 y establece adjudicar al menor precio entre las propuestas que cumplan los requisitos.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda fechada el 13 de junio cambia, entre otros puntos, la subsanabilidad de un documento de calificación y el criterio de adjudicación, pero el cronograma fija la presentación para el 18 de junio. Conviene verificar si el plazo restante fue proporcional a los cambios y si se requerían ajustes en las ofertas, conforme al artículo 107 del Reglamento.
“Hasta 18/6/2025 10:00”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se flexibiliza el momento de presentación de la prueba documental usada para determinar la experiencia general; el texto no elimina la exigencia de la matrícula ni de su fecha de expedición..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
El cronograma anterior no se reproduce en esta enmienda.
Fija presentación de ofertas para el 18/06/2025 a las 10:00, apertura técnica a las 10:10, apertura económica el 01/07 y adjudicación el 08/07/2025.
Neutral
8.1.3, página 34Subsanabilidad de la copia de matrícula profesional
La copia de la tarjeta o matrícula profesional con fecha de expedición era no subsanable.
La copia de la tarjeta o matrícula profesional con fecha de expedición pasa a ser subsanable; las demás disposiciones del punto siguen vigentes.
RelajaQuita un control: Se flexibiliza el momento de presentación de la prueba documental usada para determinar la experiencia general; el texto no elimina la exigencia de la matrícula ni de su fecha de expedición.
7.2, letra d), página 22Garantía de seriedad de la oferta
La enmienda sustituye la disposición anterior, cuyo texto no reproduce.
Establece una póliza del 1% de la oferta, en pesos dominicanos, a favor del INEFI, incondicional, irrevocable y renovable, vigente hasta el 18/07/2025; para oferentes MIPYME exige fianza de seguro.
Aclara
8.3, página 48Criterio de adjudicación
El criterio anterior del pliego no se reproduce en esta enmienda.
Adjudicación al menor precio entre ofertas que cumplan los requisitos; una oferta única puede adjudicarse si cumple el pliego y es conveniente para la institución. Se permite participar en todos los lotes.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona