La Enmienda II, fechada el 11 de junio de 2025, modifica los TDR y el pliego de la licitación ETED-CCC-LPN-2025-0006. Excluye del levantamiento activos de mobiliario y equipos con costo individual menor de RD$10,000, reorganiza los pagos intermedios por zonas geográficas, extiende la vigencia de la garantía de seriedad hasta el 13 de noviembre de 2025 y adjunta el formulario TEC-7.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda mantiene la exigencia de inspeccionar el 100% de mobiliarios y equipos de oficina, pero también excluye los activos de esas cuentas con costo individual inferior a RD$10,000. Esta coexistencia deja incierto qué activos deben verificarse físicamente y puede afectar la cobertura del inventario.
“100% de los mobiliarios (sillas, escritorios, entre otros) y equipos de oficinas (impresoras, teléfonos, entre otros … No tomaremos en cuenta los Activos Fijos que tienen poco peso en el valor total del patrimonio, es decir, los ue”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Reduce la verificación física directa de existencia y valoración de mobiliarios y equipos cuyo costo individual sea inferior a RD$10,000..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Términos de Referencia, numeral 2.3 — Levantamiento en campoExclusión de activos de bajo costo del levantamiento
Se exigía inspeccionar el 100% del mobiliario y equipos de oficina; no se especificaba una exclusión por valor individual.
Se excluyen los activos que individualmente cuesten menos de RD$10,000 en las cuentas de mobiliarios y equipos.
RelajaQuita un control: Reduce la verificación física directa de existencia y valoración de mobiliarios y equipos cuyo costo individual sea inferior a RD$10,000.
Términos de Referencia, numeral 3.6 y Pliego, sección III, numeral 10 — PagosHitos de los pagos intermedios
Los pagos tercero, cuarto y quinto se vinculaban, respectivamente, con levantamientos de activos por categorías (subestaciones, líneas y nodos; edificaciones y otros; transporte y misceláneos).
Esos pagos se vinculan a entregables de las zonas norte y nordeste, sur, y metropolitana y este, respectivamente.
Aclara
Pliego, numeral 12.1.4 — Garantía de mantenimiento y seriedad de la ofertaVigencia de la garantía
La garantía debía tener vigencia hasta el 20 de octubre de 2025.
La garantía debe tener vigencia hasta el 13 de noviembre de 2025.
Endurece
Anexos de los Términos de ReferenciaFormulario TEC-7
No se identificaba el formulario TEC-7 como anexo adjunto.
Se adjunta el TEC-7 sobre enfoque, metodología y plan de actividades para la ejecución del trabajo.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona