El Comité de Compras y Contrataciones de EGEHID aprobó el 10 de junio de 2025 la primera enmienda al pliego de la licitación EGEHID-CCC-LPN-2025-0005. La enmienda modificó especificaciones de camionetas, jeepones, minibuses y camiones, y amplió los documentos técnicos no subsanables exigidos, incluidos requisitos de garantía y cronogramas de mantenimiento.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Reduce los mínimos de cilindrada, emisiones y torque usados para verificar las prestaciones técnicas del vehículo.; Reduce las prestaciones mínimas requeridas en potencia y peso y modifica dimensiones y neumáticos exigidos.; Disminuye los mínimos de cilindros, potencia y bolsas de aire exigidos para evaluar las prestaciones del vehículo.; Se flexibiliza el mínimo de emisiones, aunque se añaden requisitos de potencia mínima y transmisión automática.; Amplía el rango de cilindrada por debajo y elimina la exigencia expresa de emisiones Euro 4.; Reduce el estándar mínimo de emisiones exigido al vehículo.; Reduce a la mitad la antigüedad mínima de presencia local de la marca; el mantenimiento preventivo se incorpora como requisito adicional..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La enmienda se aprobó el 10 de junio y, según el cronograma del proceso, la recepción y apertura técnica estaba prevista para el 26 de junio de 2025: quedaban 16 días calendario para ajustar ofertas a numerosas modificaciones técnicas. El artículo 107 exige extender el plazo de manera proporcional a la complejidad de los cambios; esta acta no consigna una extensión del plazo de presentación.
“Cuando las adendas o enmiendas introduzcan cambios o nuevos requerimientos a ser incluidos en las ofertas, se deberá extender el plazo para presentar ofertas de manera proporcional a la complejidad del cambio introducido.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La enmienda reduce de 30 a 15 años la antigüedad mínima de la marca en el mercado local, pero conserva un requisito de larga presencia local aplicable a varias categorías de vehículos. Corresponde revisar si ese criterio guarda relación proporcional con la ejecución del contrato o si limita la participación de marcas con menor trayectoria local.
“La marca debe tener no menos de 15 años establecida en el mercado local.”
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Cambios que introduce (10)
Sección
Antes
Después
Efecto
Numeral 2: camioneta doble cabina 4x4 diéselMotorización y desempeño
Motor de aproximadamente 2,600 cc; emisiones Euro 4 en adelante; torque aproximado de 500 Nm.
Motor de 2,400 cc en adelante; emisiones Euro 3 en adelante; torque de 360 Nm en adelante.
RelajaQuita un control: Reduce los mínimos de cilindrada, emisiones y torque usados para verificar las prestaciones técnicas del vehículo.
Numeral 2: camioneta eléctrica 4x4Carrocería
Carrocería tipo SUV, pick-up o similar.
Carrocería tipo pick-up.
Endurece
Numeral 2: camioneta eléctrica 4x4Potencia, peso, dimensiones y neumáticos
Potencia mínima de 325 kW/440 HP; peso máximo autorizado del vehículo y remolque de 6,500 kg en adelante; longitud aproximada de 5.5 m; neumáticos 275/55R20 o similares.
Potencia mínima de 200 kW/268 HP; peso máximo autorizado de 2,500 kg en adelante; longitud de 5.2 m en adelante; neumáticos 265/65R17 en adelante.
RelajaQuita un control: Reduce las prestaciones mínimas requeridas en potencia y peso y modifica dimensiones y neumáticos exigidos.
Numeral 2: jeepon doble cabina 4x4 diéselMotor, potencia y seguridad
Motor diésel turboalimentado de 8 cilindros; potencia mínima de 200 hp; mínimo 6 bolsas de aire.
Motor diésel de 4,000 cc y 6 cilindros; se consignan mínimos de 129 hp y 135 hp; mínimo 2 bolsas de aire.
RelajaQuita un control: Disminuye los mínimos de cilindros, potencia y bolsas de aire exigidos para evaluar las prestaciones del vehículo.
Numeral 2: minibús de 16 pasajerosMotorización, emisiones y transmisión
Motor diésel turboalimentado de 4 cilindros; potencia de 100 a 150 hp; transmisión manual; emisiones Euro 4 en adelante.
Motor de 2,500 cc y 4 cilindros, potencia de 150 hp en adelante; transmisión automática; emisiones Euro 2 en adelante.
NeutralQuita un control: Se flexibiliza el mínimo de emisiones, aunque se añaden requisitos de potencia mínima y transmisión automática.
Numeral 2: minibús de 30 pasajerosMotorización y emisiones
Cilindrada de 4.0 a 5.0 litros; potencia máxima de 120 a 180 hp; emisiones Euro 4 en adelante.
Cilindrada de 3.8 a 5.0 litros; potencia máxima de 120 a 150 hp; no se consigna el requisito de emisiones Euro 4.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
RelajaQuita un control: Amplía el rango de cilindrada por debajo y elimina la exigencia expresa de emisiones Euro 4.
Numeral 2: camión volteo de 3 metros cúbicosEmisiones
Sistema de emisiones Euro 3 en adelante.
Sistema de emisiones Euro 1 en adelante.
RelajaQuita un control: Reduce el estándar mínimo de emisiones exigido al vehículo.
Numeral 2: camión tipo furgón 4x2Capacidad y descripción del bien
La descripción incluía «Volteo: 3 metros cúbicos» y dimensiones y componentes de caja de volteo.
Se establece «Capacidad de furgón: 16 pies», aunque se conservan referencias a caja de volteo y sistema de volteo hidráulico.
Aclara
Especificaciones de camionetas, jeepones y minibusesAntigüedad de la marca y mantenimiento
Se exigía que la marca tuviera no menos de 30 años establecida en el mercado local.
En las especificaciones modificadas se exige que la marca tenga no menos de 15 años establecida en el mercado local; se añade que incluya mantenimientos preventivos durante la garantía.
RelajaQuita un control: Reduce a la mitad la antigüedad mínima de presencia local de la marca; el mantenimiento preventivo se incorpora como requisito adicional.
Numeral 10, literal b): documentación técnica no subsanableDocumentos de garantía y mantenimiento
Se pedía certificación de garantía mínima de tres años o 100,000 km y programa detallado de mantenimiento preventivo y correctivo.
Se agrega certificación de garantía de cinco años o 150,000 km para vehículos eléctricos y un cronograma de mantenimientos preventivos.