EDENORTE solicitó propuestas para alquilar cuatro inmuebles —almacén y transportador en Mao, oficina en Monción, parqueo en Mao y local en Galerías Luperón— bajo la excepción de proveedor único. La solicitud, fechada el 12 de junio de 2025, se dirigió a José Virgilio Espinal Espinal, Andrés Luciano Salcedo Núñez y GL-Galerías Luperón, SRL; fijó como fecha límite el 18 de junio de 2025 y previó contratos de dos o tres años con pagos trimestrales. Este documento solicita ofertas y establece requisitos, pero no decide la adjudicación.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Los términos de referencia anteriores identifican a Félix Antonio Tineo Meléndez como propietario del local de Galerías Luperón, mientras que esta solicitud se dirige a GL-Galerías Luperón, SRL. La solicitud exige título de propiedad, pero no aclara en este documento la relación o autorización entre ambas partes; conviene verificar quién tenía facultad para ofrecer el inmueble y contratar su alquiler.
“Señores: JOSÉ VIRGILIO ESPINAL ESPINAL, ANDRÉS LUCIANO SALCEDO NÚÑEZ, Y GL- GALERÍAS LUPERÓN, SRL. … • Título de propiedad del inmueble”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 57 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único
Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…
La solicitud está fechada el 12 de junio y fija como límite el 18 de junio, un intervalo de seis días calendario. Aunque el reglamento no establece aquí un mínimo específico para esta excepción, dispone que los plazos deben ser razonables y proporcionales; conviene revisar si el tiempo permitió preparar ofertas para los cuatro alquileres.
“Fecha:12/6/2025 … Su oferta debe ser presentada antes del (18/6/2025) mediante el Sistema Electrónico de Contratación Pública, (SECP- Portal Transaccional) o de forma presencial en el edificio administrativo de edenorte,”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 148 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 148 — De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción
Artículo 148. De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción. Los procedimientos de excepción establecidos por la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones y el presente reglamento se ejecutarán mediante el SECP. Salvo la excepción por seguridad nacional, todo ciudadano podrá consultar los procedimientos de excepción a través de esta herramienta tecnológica. Párrafo I. La convocatoria de los procedimientos por selección competitiva será pública, abierta y se ejecutará mediante el SECP, salvo el procedimiento de seguridad nacional que se realizará mediante invitación cerrada. Párrafo II. En los procedimientos por selección directa, la gestión documental de todas las…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona