ALIMENTOS Y BEBIDAS PARA ADULTOS MAYORES EN CENTROS · Consejo Nacional de la Persona Envejeciente
La Circular No. 01, fechada el 10 de junio de 2025, responde consultas de los oferentes sobre la presentación de leche en polvo del lote 7, la garantía de seriedad y el registro sanitario de los productos. Precisa que el ítem 2 del lote 7 debe ser leche en polvo sin lactosa de vaca en sobres de 350 a 360 gramos; además, indica que el registro sanitario debe identificarse en el empaque, sin anexar el documento.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| Lote 7, ítem 2Presentación de leche en polvo sin lactosa | El pliego indicaba sobres de 350-360 g, pero el portal mostraba 800-900 g. | La presentación correcta es leche en polvo sin lactosa de vaca en sobres de 350 a 360 g. | Aclara |
| Documentación técnica de los productosAcreditación del registro sanitario | Se solicitaba copia del registro sanitario vigente de cada producto ofertado. | El registro sanitario vigente debe identificarse en el empaque; no es necesario anexar el documento del registro. | RelajaQuita un control: Se elimina la entrega de la copia del registro sanitario, que permitía verificar documentalmente la vigencia y correspondencia del registro con cada producto. |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona