La Enmienda No. 1, emitida el 9 de junio de 2025, corrigió la descripción del ítem 2 del Lote 7 para que el portal reflejara la presentación de leche en polvo sin lactosa de 350-360 gramos indicada en el pliego. También modificó el requisito de registro sanitario: este debe identificarse en el empaque, sin necesidad de anexar el documento del registro.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina la entrega del documento del registro sanitario como medio documental de verificación; se mantiene la identificación del registro en el empaque..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Ítem 2 del Lote 7Presentación de leche en polvo sin lactosa
El pliego indicaba sobres de 350-360 g, mientras que el portal describía sobres de 800-900 g.
Se ratifica la presentación del pliego: leche en polvo sin lactosa de vaca en sobres de 350-360 g.
Aclara
Apartado 14.1.3, documentación técnica requerida, numeral 5Acreditación del registro sanitario
Se requería el registro sanitario vigente de cada producto ofertado.
El registro vigente debe identificarse en el empaque; no es necesario anexar el documento del registro sanitario.
RelajaQuita un control: Se elimina la entrega del documento del registro sanitario como medio documental de verificación; se mantiene la identificación del registro en el empaque.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona