Verificar certificación presupuestaria previa
· hace 1 año
El acta consigna que la disponibilidad de fondos fue informada por correo electrónico, pero no identifica el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP). Conviene verificar en el expediente si el CAP existía antes de aprobar e iniciar el procedimiento; el acta por sí sola no establece que estuviera ausente.
“Que, en fecha tres (03) de junio de 2025, mediante correo electrónico, la División de Presupuesto de este Ministerio informó que el Procedimiento de Referencia cuenta con los fondos disponibles en la cuenta presupuestaria correspondiente.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
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