El acta combina licitación pública y subasta inversa
· hace 1 año
El acta aprueba el procedimiento identificado como Licitación Pública Nacional y también ordena realizar una subasta inversa. El portal registra la modalidad como Licitación Pública Nacional; la discrepancia amerita verificar qué reglas de recepción, evaluación y adjudicación rigieron efectivamente el proceso.
“Apruebe el Procedinvieuto rrdm. MIP-CCC-LPN-2025-0006,_ coyesp_ondien!e. ? .id "-Adquisici6n de Servidores para Virtunlizack:n de Cluster de Alto Disponibilidad y Sistema de Almacenanviento de Red Tipo Sac. Para Uso de Este Ministerio y”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 16 · Reglamento 416-23, art. 37 · Reglamento 416-23, art. 43 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 16
ART. 16. Los procedimientos de selección a los que se sujetarán las contrataciones son: 1) Licitación Pública: Es el procedimiento administrativo mediante el cual las entidades del Estado realizan un llamado público y abierto, convocando a los interesados para que formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará la más conveniente conforme a los pliegos de condiciones correspondientes. Las licitaciones públicas podrán ser internacionales o nacionales. Las licitaciones públicas serán internacionales en los siguientes casos: i) Cuando la compra o contratación esté cubierta por un tratado o acuerdo en vigor entre la República Dominicana y otro Estado u organismo multilateral o bilateral…
Reglamento 416-23, artículo 37 — Procedimientos de selección ordinarios
Artículo 37. Procedimientos de selección ordinarios. Los procedimientos de selección ordinarios a los que se sujetarán las compras y contrataciones son licitación pública, que podrá ser nacional o internacional de conformidad con las disposiciones del artículo 16 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones; licitación restringida, sorteo de obras, comparación de precios, subasta inversa y compras menores, según corresponda a las condiciones establecidas en el artículo 17 de la misma ley.
Reglamento 416-23, artículo 43 — De la subasta inversa
Artículo 43. De la subasta inversa. Este procedimiento podrá utilizarse para la contratación de bienes comunes y estandarizados, en el cual los oferentes realizan propuestas en el plazo establecido en el pliego de condiciones, reduciendo el precio inicialmente ofertado en valores o porcentajes mínimos mediante puja electrónica a través del SECP.
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →