La Enmienda núm. 003-2025, de 2025-05-30, modifica el cronograma de la licitación SUPBANCO-CCC-LPN-2025-0002, que contempla apertura de ofertas económicas el 2025-06-11 y adjudicación hasta el 2025-06-26. Fija además el 2025-07-17 como fecha límite para la garantía de fiel cumplimiento y el 2025-08-07 para publicar el contrato; esas fechas no concuerdan con los plazos que el propio cronograma anuncia y los previstos por el Reglamento 416-23.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El cronograma fija el 17 de julio como fecha límite, aunque indica que la garantía debe constituirse dentro de los cinco días calendario desde la notificación prevista para el 3 de julio. Además, el artículo 200 del Reglamento establece cinco días hábiles desde la notificación, por lo que la fecha consignada extiende ese plazo y merece verificarse.
“A más tardar 5 días hábiles a partir del Acto de Adjudicación. Jueves 03 de julio del 2025 a las 05.30 p. m. … Dentro de los siguientes 5 días calendario, contados a partir de la notificación de adjudicación. Jueves 17 de julio del 2025 a l”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 200 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 200 — Presentación de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 200. Presentación de la garantía de fiel cumplimiento. El adjudicatario deberá constituir y presentar ante el ente u órgano contratante la garantía de fiel cumplimiento dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificación de la adjudicación. Para licitaciones internacionales o cuando sea un adjudicatario extranjero, el plazo será de diez (10) días hábiles. Párrafo I. Si dentro del plazo definido por este artículo no es formalizada la garantía correspondiente, no podrá generarse la orden de compra o suscripción del contrato y la institución contratante podrá ejecutar la garantía de mantenimiento o seriedad de la oferta y proceder a adjudicar al oferente que haya…
La enmienda fija como fecha límite de suscripción del contrato el 28 de julio y la publicación para el 7 de agosto. Aun tomando la fecha máxima de suscripción, el 7 de agosto queda más allá de los cinco días hábiles previstos para publicar el contrato una vez perfeccionado; corresponde comprobar la fecha efectiva de firma y publicación.
“No mayor a 20 días hábiles contados a partir de la notificación de adjudicación. Lunes 28 de julio del 2025 a las 05.30. p. m. … Jueves 07 de agosto del 2025 a las 05.30 p. m.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 167 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 167 — Publicidad del contrato u orden de compra o servicio
Artículo 167. Publicidad del contrato u orden de compra o servicio. El contrato, orden de compra u orden de servicio que se suscriba, deberá difundirse por el SECP y en el portal institucional, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su perfeccionamiento.
Numeral 5, cronograma de actividadesReprogramación de las etapas posteriores a la evaluación técnica
El pliego preveía la adjudicación hasta el 25/06/2025, según el resumen del expediente; el cronograma anterior completo no consta en este documento.
La enmienda fija la apertura del Sobre B para el 11/06/2025 y la adjudicación hasta el 26/06/2025, además de nuevas fechas para notificación, garantías, contratos y publicación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona