El pliego del proceso EDEESTE-CCC-CP-2025-0009, fechado el 30 de mayo de 2025, fija las condiciones para contratar la custodia durante 20 meses de 4,026 cajas existentes y 1,000 adicionales. Establece un presupuesto base de RD$5,664,412.00 y recepción de ofertas hasta el 18 de junio de 2025; prevé adjudicar el total al menor precio entre las ofertas que cumplan los requisitos.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego fija un presupuesto base de RD$5,664,412.00, mientras que el portal registra como monto estimado, oferta y contrato RD$5,644,412. La diferencia de RD$20,000 merece verificarse frente a los estudios previos y la cifra utilizada para comparar y adjudicar.
“El presupuesto base para la “ADQUISICIÓN DE LOS SERVICIOS DE CUSTODIA DE DOCUMENTOS INSTITUCIONALES DE EDEESTE”, asciende a CINCO MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS DOCE PESOS DOMINICANOS CON 00/100. (RD$5,664,412.00), ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El pliego exige una garantía de seriedad equivalente al 10% de la oferta, mientras que el Reglamento fija su monto en 1%. La diferencia aumenta sustancialmente el costo de participación y merece revisión.
“El Oferente deberá depositar en original una Póliza de Seguro, emitida por una entidad de intermediación financiera o aseguradora establecida y autorizada a operar en la República Dominicana por la Superintendencia de Bancos (SIB) o la Supe”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 196 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 196 — Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad la oferta
Artículo 196. Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad la oferta. El monto de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta será de un 1 % del monto de la oferta presentada, esta es de cumplimiento obligatorio y vendrá incluida dentro del sobre contentivo de la oferta económica o “Sobre B”.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona