El documento es el pliego de condiciones del proceso EGEHID-CCC-CP-2025-0017 para el mantenimiento correctivo de vías de acceso a tres centrales hidroeléctricas, convocado como comparación de precios de obras. Establece requisitos de participación, evaluación, garantías, pagos y ejecución, y fija en su cronograma original la recepción de ofertas para el 10 de junio de 2025. Entre sus condiciones, exige líneas de crédito vinculadas al monto preventivo y fija una garantía por vicios ocultos del 5% del costo de los trabajos.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego exige a las personas jurídicas una línea bancaria de al menos el 25% y otra línea de crédito ferretera o de construcción también del 25% del monto preventivo. Considerando el monto preventivo de RD$186,000,000 consignado en los antecedentes del proceso, cada línea equivale a RD$46,500,000; la proporcionalidad y el efecto conjunto de ambas exigencias merecen revisión.
“Línea de Crédito Bancaria mayor o igual al 25% (veinticinco por ciento) del monto preventivo del proyecto, establecido por la EGEHID para Consorcio y persona Jurídica… Línea de crédito de un Centro Comercial Ferretero y/o Construcción igual”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El pliego exige una garantía por vicios ocultos equivalente al 5% del costo total de los trabajos, mientras que el Reglamento 416-23 fija un monto obligatorio del 10%. La diferencia reduce a la mitad esta cobertura para reparar defectos de construcción detectados después de la recepción.
“Al finalizar los trabajos, el contratista deberá presentar una garantía que consistirá en Póliza de Fianza o Garantía Bancaria a satisfacción de la institución contratante por un monto equivalente al cinco por ciento (5 %) del costo total a”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 207 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 207 — Monto de la garantía contra vicios ocultos
Artículo 207. Monto de la garantía contra vicios ocultos. La presentación de la garantía contra los vicios ocultos es obligatoria y será constituida por un monto equivalente al diez por ciento (10 %) del costo total al que hayan ascendido todos los trabajos realizados al concluir la obra.
Una cláusula prevé pagar el anticipo en un plazo no mayor de cinco días hábiles desde la firma del contrato; otra fija un máximo de treinta días. La discrepancia deja incierto el plazo de desembolso y puede afectar la planificación financiera y la comparación de ofertas.
“El anticipo que le será otorgado al adjudicatario como parte de las condiciones de pago, previstas en el numeral [insertar numeral de este pliego de condiciones]… se hará en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles a partir de la firma ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona