En la Reunión Ordinaria núm. 024, de fecha 2025-05-15, el Comité aprobó cancelar la licitación internacional EGEHID-CCC-LPI-2024-0004, cuyo presupuesto reservado era RD$198,000,000. La decisión se justificó en que la cooperación técnica del Reino Unido y el trabajo de Mott MacDonald habrían hecho innecesarios, en esta etapa, los estudios licitados. El acta consigna que se habían abierto las ofertas económicas de los oferentes habilitados, pero no registra adjudicación.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta consigna una reserva de RD$198,000,000; según el resumen de la resolución del Consejo Directivo de 2024, el presupuesto referencial aprobado era RD$180,000,000. Conviene conciliar la diferencia de RD$18,000,000 y verificar su aprobación presupuestaria y su reflejo en los documentos del proceso.
“Que la EGEHID cuenta con la debida apropiación de fondos dentro del presupuesto del presente año y que ha hecho reserva de Ciento noventa y ocho millones de pesos dominicanos con 00/100 (RD$198,000,000.00)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
El informe atribuye a la asistencia de Mott MacDonald una evaluación integral y la actualización del Máster Plan, y sostiene que esos trabajos hacen innecesarios por ahora los estudios contratados. Conviene verificar la correspondencia entre los entregables de esa cooperación y los del proceso cancelado, así como que no exista solapamiento de alcance o gasto; el documento describe la cooperación como no reembolsable.
“Como parte de esta colaboración, la firma internacional Mott MacDonald fue seleccionada para realizar una evaluación integral de la cartera de proyectos de EGEHID.”
CONSORCIO INTERNACIONAL HIDROELECTRICAPresentó oferta; el acta indica que las ofertas económicas abiertas correspondían a oferentes habilitados técnica y legalmente.
Habilitado
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STUDIO ING. PIETRANGELI, S.R.L.Presentó oferta; el acta indica que las ofertas económicas abiertas correspondían a oferentes habilitados técnica y legalmente.
Habilitado
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INTEGRAL, S.A.Presentó oferta; el acta indica que las ofertas económicas abiertas correspondían a oferentes habilitados técnica y legalmente.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona