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Pliego

PLIEGO DE CONDICIONES PARA MATERIAL DE SIEMBRA APROBADO POR COMITE 14-5-25 rv.pdf

ADQUISICION DE MATERIAL DE SIEMBRA. · Ministerio de Agricultura

Publicado el 27 may de 202555 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso AGRICULTURA-CCC-LPN-2025-0006

Lo que dice

El pliego establece las condiciones de la Licitación Pública Nacional AGRICULTURA-CCC-LPN-2025-0006 para adquirir material de siembra en 2025 y fija en RD$358,498,750 el presupuesto base indicado en este documento. Define especificaciones, requisitos de habilitación, evaluación por cumple/no cumple, adjudicación por menor precio y un cronograma con recepción de ofertas hasta el 14 de julio de 2025. El texto contiene requisitos y referencias que pueden generar incertidumbre sobre la admisión de ofertas y los plazos de entrega.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (6)

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Plazos de entrega de semillas contradictorios

Documento del 27 may 2025 · hace 1 año

El pliego fija 15 días laborables para las semillas en la sección general, pero las especificaciones establecen 20 días laborables para semillas de hortalizas y 10 días para maíz y guandul. La divergencia puede afectar la preparación de ofertas y la determinación del plazo exigible en la ejecución.

“Estas semillas deben ser entregadas al Ministerio en un plazo de 20 días laborables, luego del registro del contrato en la Contraloría de la República … Las semillas deben ser entregadas al Ministerio en los almacenes del Departamento de”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Variedades comerciales especificadas sin alternativa equivalente

Documento del 27 may 2025 · hace 1 año

El pliego exige variedades nombradas de maíz híbrido y sorgo sin indicar que se aceptarán equivalentes ni exponer aquí la razón técnica que impide describirlas de otra forma. Conviene verificar si esas variedades son indispensables para la necesidad y cuántos proveedores pueden suministrarlas.

“5) Bolsas de 60,000 semillas variedad DEKALB 7500 1,000 6) Bolsas de 60,000 semillas variedad IMPACTO F1 500 7) Bolsas de 60,000 semillas variedad SYA750”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Experiencia mínima uniforme de tres años

Documento del 27 may 2025 · hace 1 año

El pliego requiere tres años de experiencia y constancias de satisfacción para la oferta técnica, además de repetir requisitos de experiencia en las especificaciones de ciertos productos. Aplicar una exigencia uniforme a categorías diversas y a cada oferente podría limitar la participación; corresponde verificar su proporcionalidad respecto de cada bien o ítem.

“Constancias emitidas por otras empresas o instituciones del estado que demuestren la experiencia del proveedor y la satisfacción de los bienes adquiridos. Tres (3) años de Experiencia.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Requisito de actividad comercial remite a otro proceso

Documento del 27 may 2025 · hace 1 año

La descripción del objeto es material de siembra y el pliego indica que la actividad de semillas es preferible, pero la matriz de evaluación del RPE remite a otro número de proceso y a servicios de ingeniería, investigación y tecnología. Esta inconsistencia puede generar incertidumbre sobre qué actividad comercial se verificará para habilitar oferentes.

“Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas, debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC la actividad comercial, referida en el numeral proceso AGRICULTURA-CCC-LP-2024-001”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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Criterio de reputación local sin método definido

Documento del 27 may 2025 · hace 1 año

El pliego anuncia que considerará la reputación del oferente en el mercado local, pero no define cómo se comprobará ni cómo se aplicará dentro de la evaluación por cumple/no cumple. Esa falta de parámetros objetivos puede afectar la previsibilidad de la evaluación.

“Se considerará la reputación del oferente en el mercado local a los fines de garantizar la entrega del tipo de rubro solicitado.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 72 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

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ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normal

Referencias a comparación de precios en una licitación pública

Documento del 27 may 2025 · hace 1 año

Aunque el documento identifica el procedimiento como licitación pública nacional, en distintas secciones lo denomina comparación de precios. Parece un arrastre de plantilla, pero conviene aclarar qué reglas procedimentales rigen para evitar interpretaciones distintas.

“De conformidad con el artículo 114 del Reglamento 416-23 este procedimiento de comparación de precio, para, con el número de Referencia: AGRICULTURA-CCC-LPN-2025-0006, la recepción, apertura y evaluación de las ofertas se llevará a cabo en ”

Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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