Publicado el 27 may de 2025Fechado el 25 may de 20256 páginasEn el mensaje «Circular No.1 de Respuestas y Administrativo 061/2025 correspondiente a la Enmienda No.1»
El Acto Administrativo núm. 061/2025, aprobado el 26 de mayo de 2025, enmienda el pliego de la subasta inversa INAPA-CCC-SI-2025-0001. Eleva el valor estimado del ítem 2 de RD$126,000,000 a RD$165,000,000, mantiene el ítem 1 en RD$2,400,000 y fija una mejora mínima de puja del 1%; además, establece la recepción de ofertas para el 29 de mayo y la puja para el 23 de junio de 2025. También revisa la documentación técnica y señala como subsanables, entre otros, la evidencia de experiencia mínima, el certificado de calidad y el permiso ambiental.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Permite completar después de presentar la oferta la evidencia documental de experiencia y los certificados de calidad y permiso ambiental; no elimina los requisitos subyacentes..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
El acto se fecha el 26 de mayo y establece la recepción de ofertas el 29 de mayo, mientras modifica la documentación técnica y sus condiciones de subsanabilidad. Conviene verificar cuándo se publicó la enmienda y si el plazo permitió ajustar las ofertas proporcionalmente a los cambios; el artículo 107 del Reglamento 416-23 prevé extender el plazo de forma proporcional cuando se incorporen cambios o nuevos requerimientos a las ofertas.
“La recepción será el 29 de mayo de 2025 en horario de 8:00 a.m. hasta las 10:00 a.m. … En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintiséis (26) días del mes de mayo del año dos mi”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Sección I, numeral 4 — Valores estimados para la pujaValor estimado del ítem 2 y mejora mínima
El valor estimado previo del ítem 2 era RD$126,000,000, según los antecedentes del proceso; el documento no reproduce la mejora mínima anterior.
El ítem 2 queda estimado en RD$165,000,000; ambos ítems tienen una mejora mínima de puja del 1%.
Neutral
Sección I, numeral 8 — Cronograma de actividadesFechas de recepción, apertura, evaluación y puja
El cronograma anterior no se reproduce íntegramente en el documento.
Fija la recepción de ofertas para el 29 de mayo de 2025, la apertura económica para el 18 de junio y la puja para el 23 de junio, de 10:30 a. m. a 11:00 a. m.
Aclara
Sección I, numeral 10.1.2 — Documentación técnicaSubsanabilidad de documentos de experiencia, calidad y permiso ambiental
La clasificación previa de subsanabilidad no se reproduce en el documento.
La evidencia de experiencia mínima de cinco años, el certificado de calidad avalado por laboratorio externo y el permiso de Medio Ambiente figuran como subsanables.
RelajaQuita un control: Permite completar después de presentar la oferta la evidencia documental de experiencia y los certificados de calidad y permiso ambiental; no elimina los requisitos subyacentes.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Certificación de fondos · 14 may de 2025 · 2 señales