El Comité de Compras y Contrataciones de EDEESTE aprobó el 23 de enero de 2025 el uso de la excepción por proveedor único para renovar por dos años el servicio HeyBot con UNISOFT, SRL, por RD$17,198,486.00, exento de impuestos. También aprobó la ficha técnica y el pliego, designó peritos para su elaboración y para evaluar ofertas, y ordenó publicar la convocatoria.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acto aprueba la selección directa y expone como motivos la continuidad del servicio, la actividad previa de los clientes y los cobros por esos canales. Esos elementos describen el valor de mantener la solución, pero no establecen por sí solos que el servicio sea insustituible o que UNISOFT sea la única opción del mercado; conviene contrastarlos con el informe pericial y los soportes de titularidad o exclusividad del expediente.
“• Evitar la reducción de los niveles de cobranza que hemos logrado a través de estos canales, para el año 2024 se cobraron más de RD$291.476MM. • Garantizar continuidad de servicio en los clientes que ya están enrolados con el desarrollo ex”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 57 · Reglamento 416-23, art. 50 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único
Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…
Reglamento 416-23, artículo 50 — Excepciones por selección directa
Artículo 50. Excepciones por selección directa. La contratación por selección directa es el procedimiento objetivo que se adjudica sin previamente realizar un llamado público y abierto para competición entre otros oferentes. La institución contratante deberá justificar mediante acto administrativo debidamente motivado, los elementos objetivos que sustentan la selección de esa persona natural o jurídica, es decir, las razones por las que se considera que la propuesta o la persona seleccionada es la más idónea para ejecutar el contrato. Los procedimientos de excepción por selección directa son: 1. Proveedor único. 2. Realización o adquisición de obras científicas, técnicas y artistas o…
El considerando identifica a Yuberky Jaquez, Diana de los Santos y Chernienco Conce como peritos sugeridos para el proceso, pero la resolución que asigna la elaboración del pliego incluye a Yuberky Jaquez y Rosanna Nolasco. Puede tratarse de equipos distintos para elaboración y evaluación, como también refleja el acto; conviene verificar que las designaciones y funciones queden claramente documentadas.
“Que, el Comité de Compras y Contrataciones han sugerido la designación de los Peritos que indicamos a continuación, Yuberky Jaquez - Gerente Interina Desarrollo y Sistemas; Diana de los Santos- Especialista en Análisis Financiera; Chernienc”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 8 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 8 — Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 8. Comité de Compras y Contrataciones. A lo interno de la estructura organizacional de los entes y órganos contratantes sujetos al ámbito de aplicación de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, se conformará, con carácter permanente, un Comité de Compras y Contrataciones que será el órgano deliberativo y decisorio que tendrá a su cargo de manera enunciativa, las funciones siguientes: 1. Velar porque los procedimientos de selección a su cargo sean realizados en cumplimiento estricto del marco jurídico vigente, incluyendo las políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 2. Velar porque todos los procedimientos…
UNISOFT, S.R.L.Designada como proveedor único para la renovación; el acto aprueba la excepción y refiere la solicitud de propuesta al proveedor preseleccionado.
Mencionado
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RD$17,198,486
Cambios que introduce (1)
Sección
Antes
Después
Efecto
Modalidad de selecciónAprobación de excepción por proveedor único
El acto no consigna una modalidad previamente aprobada para este relanzamiento.
Declara la excepción por proveedor único para contratar directamente con UNISOFT, SRL por RD$17,198,486.00.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona