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Abriendo la ficha…

Pliego

SNCC.P.066 Pliego Estandar de subasta inversa compactadores.pdf

Adquisición de dos (2) camiones compactadores, para fortalecer el servicio de recogida de desechos en nuestro Distrito Municipal Turístico. · Ayuntamiento Distrito Municipal Turístico Verón Punta Cana

Publicado el 22 may de 202536 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso Ayto. Verón-CCC-SI-2025-0001

Lo que dice

El pliego establece las condiciones para adquirir dos camiones compactadores de 25 yardas, con un presupuesto estimado de RD$25,000,000 y una puja inversa electrónica. Define especificaciones técnicas, requisitos de habilitación y evaluación cumple/no cumple, además de un plazo de entrega de 150 días hábiles desde la certificación del contrato. Entre los requisitos figura presentar tres certificaciones de experiencia, dentro de una sección declarada no subsanable.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (2)

A revisarHallazgo en documentos

El pliego exige inscripción previa en el RPE

Documento del 22 may 2025 · hace 1 año

El pliego exige estar inscrito antes de presentar oferta. La Ley permite participar si el interesado presenta conjuntamente con su oferta la solicitud de inscripción, que puede formalizarse durante la subsanación de las ofertas técnicas; la condición del pliego puede excluir a quienes aún tramitan esa inscripción.

“a) Estar previamente inscrito en el Registro de Proveedores del Estado.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 7 · Reglamento 416-23, art. 16 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 7

ART. 7. Las personas naturales o jurídicas interesadas en participar en cualquier proceso de compra o contratación deberán estar inscritas en el Registro de Proveedores del Estado, o conjuntamente con la entrega de ofertas deberán presentar su solicitud de inscripción. PÁRRAFO. Los reglamentos de esta ley establecerán la organización del Registro, sus funciones y procedimientos, incluyendo el de inhabilitación, siempre observando el criterio de simplificación administrativa.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 16 — De la inscripción en el Registro de Proveedores del Estado

Artículo 16. De la inscripción en el Registro de Proveedores del Estado. Las personas físicas o jurídicas interesadas en hacer ofertas de bienes, servicios, y ejecución de obras, deberán estar inscritas en el correspondiente registro o, conjuntamente con la entrega de su oferta, presentarán copia de la solicitud de inscripción, la cual deberá formalizarse durante el período de subsanación de las ofertas técnicas. Párrafo I. Podrán inscribirse en el Registro de Proveedores del Estado, personas físicas y jurídicas nacionales o extranjeras, consorcios conformados por personas físicas o jurídicas nacionales o extranjeras, asociaciones sin fines de lucro y cooperativas, así como otras personas…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

Las certificaciones de experiencia se declaran no subsanables

Documento del 22 may 2025 · hace 1 año

El pliego incluye tres certificaciones de experiencia entre la documentación técnica marcada como no subsanable. La experiencia es una credencial y el reglamento establece que los documentos relativos a credenciales son subsanables si el requisito se cumplía al presentar la oferta o es inherente a la capacidad del oferente; la regla puede llevar a excluir ofertas por una omisión documental corregible.

“11.1.2 Documentación técnica: [No subsanable] … 2) Tres (3) certificaciones de experiencia, suministrando bienes de características similares a los requeridos en el presente proceso.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 120 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas

Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Otros documentos del proceso (8)

  • Autorizacion.pdfAutorización · 22 may de 2025
  • Acta de incio del proceso.pdfInforme pericial · 22 may de 2025 · 1 señal
  • Acta de incio del proceso.pdfPliego · 22 may de 2025 · 1 señal
  • Requerimiento.pdfSolicitud de compra · 22 may de 2025
  • Enmienda del pliego.pdfEnmienda · 28 may de 2025 · 3 señales
  • Captura de pantalla 2025-05-27 132538.pngDocumento · 28 may de 2025
  • Acta de adjudicacion.pdfActa de adjudicación · 17 jun de 2025 · 2 señales
  • Informe final del portalDocumento · —

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
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  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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