La certificación acredita autorización, pero debe verificarse su alcance
· hace 1 año
El informe sustenta la selección directa en que Báez Technologies es el único proveedor autorizado, además de mencionar que la TSS usa Fidelity desde 2021. Conviene verificar si la certificación acredita que el producto es insustituible o que la empresa posee el derecho exclusivo pertinente, y no solo que es distribuidora autorizada; el artículo 57 prevé la excepción para bienes o servicios insustituibles o cuando el proveedor es la única opción en el mercado o posee su titularidad o derecho.
“Resulta: Que en fecha 23 de abril de 2025, el fabricante JUSAN, emitió una certificación en la que se hace constar que Báez Technologies, S.R.L. es el único proveedor autorizado en la República dominicana para la Adquisición del Módulo de F”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 57 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único
Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…
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