El Acto Administrativo núm. 050/2025, de 2025-04-29, acogió la desestimación presentada por Lermont Engineering Group, SRL tras ganar la puja con una oferta final de RD$32,000,000.00. El Comité declaró desierto el procedimiento MIREX-CCC-SI-2025-0003 y ordenó relanzarlo; el acta señala que el monto ganador era aproximadamente 37 % inferior al presupuesto de RD$50,885,675.85.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El Comité afirma que tres lances consecutivos de Lermont impidieron que MPG y Liriano Rivas mejoraran sus ofertas. Como el reglamento contempla lances sucesivos y establece condiciones para participar en la puja, conviene contrastar esa afirmación con los registros de actividad y conexión del SECP; el acta no establece si hubo una falla técnica o falta de conexión de los otros oferentes.
“los oferentes MPG, SRL y Liriano Rivas, SRL, no pudieron realizar ningún lance (puja) ya que desde que inicio la puja electrónica, el oferente Lermont Engineering Group, SRL, estaba en primer lugar con la mejor oferta económica”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 144 · Reglamento 416-23, art. 145 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 144 — Reglas generales de la puja electrónica
Artículo 144. Reglas generales de la puja electrónica. Las instituciones contratantes y los oferentes deben cumplir estas reglas en la puja electrónica: 1. Las pujas solo pueden durar entre 15 a 60 minutos. El período seleccionado debe indicarse en el pliego de condiciones. 2. El período de las pujas permite que los oferentes mejoren sus propuestas a través de lances sucesivos. 3. Los oferentes son los únicos responsables de los montos que indiquen en cada lance. 4. Los oferentes deben acceder al Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) en la hora prevista en el pliego de condiciones, para poder realizar los lances durante el tiempo de puja. 5. Si un oferente decide no…
Reglamento 416-23, artículo 145 — Puja electrónica y adjudicación
Artículo 145. Puja electrónica y adjudicación. Solo pueden participar en la puja electrónica aquellos oferentes que su propuesta técnica y económica inicial haya sido habilitada por cumplir con todo lo establecido en el pliego de condiciones. Para la puja se requiere que al menos dos oferentes hayan sido habilitados y estén conectados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), conforme con el día y hora previstos en el cronograma. Se adjudicará al oferente que haya presentado el menor precio dentro del tiempo de la puja. Párrafo I. Si solo existiese un oferente conectado con una oferta inicial presentada, la institución podrá adjudicarlo directamente sin realizar la puja.…
El acta declara desierto porque Lermont desestimó su oferta, aunque el artículo 136 del Reglamento 416-23 enumera las condiciones para declarar desierto y el retiro no figura entre ellas. La decisión evita adjudicar el precio final de RD$32,000,000.00 y ordena relanzar el proceso; conviene revisar la fundamentación frente a esas condiciones y el tratamiento aplicable a los oferentes restantes.
“DECLARAR, como al efecto DECLARA, desierto el proceso de SUBASTA INVERSA para la ADQUISICIÓN DE UNIDADES DE AIRES ACONDICIONADOS PARA EL CENTRO DE CONVENCIONES DEL MIREX. Ref.: MIREX-CCC-SI-2025-0003. (Lote declarado desierto del proceso MI”
Posible explicación normal: la ley o el reglamento podría permitirlo.
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Reglamento 416-23, artículo 136 — Declaratoria de procedimiento desierto
Artículo 136. Declaratoria de procedimiento desierto. Mediante resolución debidamente motivada, el responsable del procedimiento podrá declararlo desierto tras la finalización del plazo para la presentación de propuestas y antes de la adjudicación, cuando se verifique alguna de las siguientes condiciones: 1. Que no se haya presentado ninguna propuesta. 2. Que ningún oferente haya cumplido los requisitos establecidos en los pliegos de condiciones para ser habilitado a la apertura de la oferta económica. 3. Que todas las ofertas habilitadas superen el monto de apropiación presupuestaria disponible para la contratación en más de un veinticinco por ciento (25 %). 4. Que la menor oferta…
Reglamento 416-23, artículo 145 — Puja electrónica y adjudicación
Artículo 145. Puja electrónica y adjudicación. Solo pueden participar en la puja electrónica aquellos oferentes que su propuesta técnica y económica inicial haya sido habilitada por cumplir con todo lo establecido en el pliego de condiciones. Para la puja se requiere que al menos dos oferentes hayan sido habilitados y estén conectados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), conforme con el día y hora previstos en el cronograma. Se adjudicará al oferente que haya presentado el menor precio dentro del tiempo de la puja. Párrafo I. Si solo existiese un oferente conectado con una oferta inicial presentada, la institución podrá adjudicarlo directamente sin realizar la puja.…
Oferentes que registra (5)
2 habilitado · 2 no habilitado · 1 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Lermont Engineering Group, SRLHabilitado para la puja y ganador con oferta final de RD$32,000,000.00; luego presentó una comunicación desestimando su oferta, que el Comité acogió.
Mencionado
Adquisición de unidades de aires acondicionados
RD$32,000,000
MPG, SRLEl informe técnico recomendó habilitarlo para la apertura del Sobre B; cumplió los requisitos económicos para participar en la puja, pero el acta indica que no realizó lances.
Habilitado
Adquisición de unidades de aires acondicionados
RD$50,394,201
Liriano Rivas, SRLEl informe técnico recomendó habilitarlo para la apertura del Sobre B; cumplió los requisitos económicos para participar en la puja, pero el acta indica que no realizó lances.
Habilitado
Adquisición de unidades de aires acondicionados
RD$49,590,742
Serd-Net, SRLPresentó oferta técnica, pero no figura entre los tres oferentes recomendados para la apertura del Sobre B; el acta no indica el motivo individual.
No habilitado
Adquisición de unidades de aires acondicionados
—
Ferretería Popular, SRLPresentó oferta técnica, pero no figura entre los tres oferentes recomendados para la apertura del Sobre B; el acta no indica el motivo individual.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona