Contradicción sobre la necesidad de subsanar documentos
· hace 1 año
El informe afirma que el preliminar recomendó no pedir documentación subsanable porque ambos oferentes cumplían, pero después registra documentos requeridos y presentados durante la subsanación. La contradicción dificulta reconstruir qué documentación faltaba y cómo se evaluó inicialmente a cada oferente.
“Finalmente, el informe preliminar concluye recomendado lo siguiente: No pedir documentación subsanable a los oferentes 1. CENTRO CUESTA NACIONAL, SAS y 2. PLAZA LAMA, SA ya que los oferentes cumplen con todo lo requerido … 1. Poder de”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 124 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 124 — Informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas
Artículo 124. Informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas. Los peritos responsables de la evaluación de las ofertas, una vez superado el período de subsanación y analizadas las ofertas técnicas, emitirán el correspondiente informe definitivo de evaluación que debe contener todo lo justificativo de su actuación y utilizar los mismos criterios determinados en el pliego de condiciones. Este informe será remitido al Comité de Compras y Contrataciones o a la Dirección Administrativa y Financiera, según el tipo de procedimiento, para su revisión y aprobación. Párrafo. La decisión será el resultado de la mayoría simple para los criterios de cumple/no cumple y el promedio de las…
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