Reserva de compromiso referida a un período anterior
· hace 1 año
La certificación, emitida el 20 de marzo de 2025 para una convocatoria del 24 de abril, acredita fondos por RD$11,000,000, pero identifica enero de 2025 como período de la cuota de compromiso. Conviene verificar que esa reserva cubriera la contratación en el período efectivo de ejecución y pago; el documento no permite concluir que los fondos fueran insuficientes.
“cuenta con la debida apropiación de fondos dentro del presupuesto del presente año 2025, hace la reserva de la cuota de compromiso para el periodo enero 2025” (pág. 1, escaneada)
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →