El pliego, fechado el 11 de abril de 2025, establece las condiciones de una subasta inversa electrónica para adquirir en un lote único 4,500 uniformes de jornaleros, con presupuesto estimado de RD$10,100,800 y participación dirigida a MIPYMES según el documento. Fija una entrega en un máximo de 90 días y establece requisitos de evaluación técnica, financiera y legal; según el portal, el proceso figura posteriormente como cancelado.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Para esta adquisición estimada en RD$10,100,800, el pliego exige tres años de experiencia comercial, tres suministros similares en los últimos dos años, estados financieros comparativos certificados de dos ejercicios y solvencia superior a 1.20. La acumulación de estos requisitos merece revisión de proporcionalidad, especialmente porque el procedimiento se presenta como dirigido a MIPYMES.
“Documentación que evidencie experiencia mínima de tres (03) años en el ejercicio de su actividad comercial, suministro de bienes y servicios similares a los requeridos en el presente pliego, con soporte documental que demuestre la”
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El pliego combina una subasta inversa con exigencias como un diseño «innovador» y «fresco», un modelo que suministraría la unidad requirente y aprobación del uniforme antes de la entrega final. Esos elementos dejan margen de valoración no cuantificada y merecen revisión frente a la regla de que la subasta inversa se use para bienes comunes y estandarizados, y a la exigencia de criterios objetivos.
“LOS OFERENTES DEBEN PROPONER UN DISEÑO INNOVADOR, LIGERO (NO PESADO) Y FRESCO DEBIDO A LAS CONDICIONES CLIMÁTICAS EN QUE REALIZAN SUS LABORES ESTOS COLABORADORES. DEBEN GUIARSE DEL MODELO QUE LA UNIDAD REQUIRENTE LES SUMINISTRARÁ. ANTES DE ”
ART. 16. Los procedimientos de selección a los que se sujetarán las contrataciones son: 1) Licitación Pública: Es el procedimiento administrativo mediante el cual las entidades del Estado realizan un llamado público y abierto, convocando a los interesados para que formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará la más conveniente conforme a los pliegos de condiciones correspondientes. Las licitaciones públicas podrán ser internacionales o nacionales. Las licitaciones públicas serán internacionales en los siguientes casos: i) Cuando la compra o contratación esté cubierta por un tratado o acuerdo en vigor entre la República Dominicana y otro Estado u organismo multilateral o bilateral…
Reglamento 416-23, artículo 43 — De la subasta inversa
Artículo 43. De la subasta inversa. Este procedimiento podrá utilizarse para la contratación de bienes comunes y estandarizados, en el cual los oferentes realizan propuestas en el plazo establecido en el pliego de condiciones, reduciendo el precio inicialmente ofertado en valores o porcentajes mínimos mediante puja electrónica a través del SECP.
El pliego califica como no subsanable la documentación que acredita años de actividad y experiencias similares. El artículo 120 del Reglamento establece que los documentos relativos a credenciales son subsanables si el requisito se cumplía al presentar la oferta o es inherente a la capacidad; la calificación del pliego podría impedir corregir evidencia documental de una experiencia ya existente.
“Experiencia de la empresa, mediante documentos que acrediten mínimo tres (03) experiencias en suministro de uniformes similares al lote a participar en los últimos dos (02) años, evidenciados mediante copia de contrato u órdenes de compras,”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 120 · Reglamento 416-23, art. 121 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas
Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…
Reglamento 416-23, artículo 121 — Condiciones para la subsanación
Artículo 121. Condiciones para la subsanación. Los peritos tomarán en consideración los aspectos subsanables y no subsanables indicados en el pliego de condiciones, considerando, además, que la oferta se ajusta sustancialmente a éste, cuando concuerda con todos los términos y especificaciones de dichos documentos, sin desviaciones, reservas, omisiones o errores significativos. No se podrá considerar error u omisión subsanable, cualquier corrección que altere la sustancia de una oferta y la mejore. Párrafo. Cuando un requisito no haya sido definido como si es subsanable o no, la ausencia del mismo ameritará un análisis por parte de los peritos para determinar sobre la posibilidad de que la…
Oferentes que registra (6)
6 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Confecciones Samys, SRLOferta registrada en el portal como Cargada / Pendiente; este pliego no consigna una evaluación de su oferta.
Mencionado
Lote único
RD$8,230,500
Ekatex, SRLOferta registrada en el portal como Cargada / Pendiente; este pliego no consigna una evaluación de su oferta.
Comercializadora Gugenntan, SRLOferta registrada en el portal como Cargada / Pendiente; este pliego no consigna una evaluación de su oferta.
Mencionado
Lote único
RD$9,956,250
Sandy Vladimir Parra ColonOferta registrada en el portal como Cargada / Pendiente; este pliego no consigna una evaluación de su oferta.
Mencionado
Lote único
RD$9,998,730
Inversiones Yang, SRLOferta registrada en el portal como Cargada / Pendiente; este pliego no consigna una evaluación de su oferta. El estado RPE consultado en 2026 no establece su situación al momento del proceso.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.