miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

3. Pliego CP-2025-0004 Cloro gas al 99.5%.pdf

Adquisición de cloro gas al 99.5% · Corporación de Acueducto y Alcantarillado de Santiago

Publicado el 9 abr de 202544 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso CORAASAN-CCC-CP-2025-0004

Lo que dice

El pliego establece las reglas de la comparación de precios CORAASAN-CCC-CP-2025-0004 para adquirir 84,000 libras de cloro gas al 99.5%, distribuidas en dos lotes de RD$2,775,360 cada uno, con valor referencial total de RD$5,550,720. Fija como criterio de adjudicación el menor precio entre las ofertas habilitadas y prevé, como regla, que cada oferente solo pueda recibir un lote. La convocatoria estaba prevista para el 9 de abril de 2025 y la recepción de ofertas para el 21 de abril de 2025.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentos

Plazo de entrega de 48 horas y verificación de existencias en almacén

Documento del 9 abr 2025 · hace 1 año

Se exige entregar dentro de 48 horas y acreditar existencias del producto en almacén mediante visita y acta notarial. La combinación puede limitar la participación a proveedores con inventario disponible de inmediato, en vez de evaluar solo su capacidad de abastecimiento; conviene verificar su proporcionalidad para las cantidades y entregas previstas.

“el plazo de entrega no puede sobrepasar las 48 horas posteriores a la solicitud de las sustancias químicas al oferente en virtud del cronograma presentado. … La visita se coordinará con las empresas ofertantes, previo a la emisión del Infor”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Excepción al límite de un lote sin criterio definido

Documento del 9 abr 2025 · hace 1 año

La regla limita a un lote por oferente, pero permite considerar adjudicar ambos a un único oferente si es el único habilitado en los dos lotes, sin especificar el criterio para decidir esa excepción. Esto deja incertidumbre sobre la aplicación del límite y sobre la adjudicación en ese supuesto.

“Los participantes, en el presente proceso, podrán participar por todos los lotes y solo podrán ser adjudicatarios de UN (1) LOTE de los dos (2) lotes disponibles. … En el caso excepcional de que solo quede habilitado un (1) oferente para la”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación

Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…

A revisarHallazgo en documentos

Criterio de desempate basado en rapidez de entrega

Documento del 9 abr 2025 · hace 1 año

El pliego favorece en caso de empate a quien ofrezca el menor tiempo de entrega. El artículo 131 del Reglamento enumera otros criterios de desempate y dispone selección al azar si no se presentan ofertas con esos criterios; esta diferencia podría incidir en quién resulta adjudicatario.

“En caso de empate entre dos o más Oferentes/Proponentes, se procederá a elegir la oferta que entregue en el menor tiempo según su cronograma e entrega”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 131 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 131 — Desempate de ofertas

Artículo 131. Desempate de ofertas. En caso de igualdad en la calificación final, ya sea por igualdad de precios o por igualdad de puntaje, el pliego de condiciones deberá determinar cómo se decidirá la adjudicación, aplicando alguno de estos criterios: 1) Se dará preferencia a la oferta que haya incluido la contratación de personas con discapacidad. 2) Presente un plan empresarial de responsabilidad para protección del medioambiente en su cadena de producción. 3) Haya propuesto en su oferta el compromiso de subcontratar a una empresa clasificada como MIPYME, MIPYME mujer, MIPYME industrial u otros sectores priorizados. Párrafo. El pliego de condiciones del procedimiento de contratación…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 26

ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…

Texto oficial completo

ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normal

Umbral de precio también permite excluir ofertas más de 20% altas

Documento del 9 abr 2025 · hace 1 año

El pliego califica como potencialmente descalificable una oferta que supere el valor referencial en más de 20%, además de las ofertas bajas. El artículo 130 regula la descalificación por precio anormalmente bajo y exige criterios definidos y presupuesto base publicado; la extensión al precio alto merece revisión por su posible efecto sobre la admisión de ofertas.

“En cuanto a la oferta económica, si el precio presentado es inferior o mayor en más de un veinte (20%) por ciento en relación al valor referencial, se considerará no sustentable o temerario”

Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.

Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · Reglamento 416-23, art. 72 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias

Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

ContextoHallazgo en documentos

Certificaciones alternativas incluyen una condición ajena a calidad del producto

Documento del 9 abr 2025 · hace 1 año

Se exige un mínimo de dos certificaciones de una lista que mezcla certificaciones de gestión o producto con una certificación MIPYME. Incluir esta última como alternativa para acreditar certificaciones del fabricante puede producir resultados dispares sobre la calidad técnica exigida y merece revisión por su vinculación con el objeto.

“Debe aportar al menos dos (2) de las certificaciones vigentes del fabricante, las cuales se detallan a continuación: … e. Certificación de MIPyMES.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Oferentes que registra (2)

2 adjudicado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Clermont Comercial, SRLEl portal registra contrato activo y confirmado por RD$2,775,360.Adjudicado—RD$2,775,360
Industrias Macier, S.A.El portal registra contrato activo y confirmado por RD$2,352,000.Adjudicado—RD$2,352,000

Otros documentos del proceso (24)

  • 1. Código de Ética de la CORAASAN.pdfDocumento · 9 abr de 2025
  • 2. D-COR-13 Compromiso con el Código de Ética de la CORAASAN.docxDocumento · 9 abr de 2025
  • 3. Formulario de compromiso ético DGCP.docxDocumento · 9 abr de 2025
  • 4. SNCC_C023 Contrato Para Bienes. Rev PNP 19.3.2024.docxContrato · 9 abr de 2025
  • 8. SNCC_F033 Formulario De Oferta Económica.docxDocumento · 9 abr de 2025
  • 9. SNCC_F034 Formulario Presentación de Oferta.docxDocumento · 9 abr de 2025
  • 12. SNCC_F042 Informacion Del Oferente.docxDocumento · 9 abr de 2025
  • 16. SNCC_F047 Formulario Autorización del Fabricante.docxDocumento · 9 abr de 2025
  • 1. Acta de aprobación de las bases de la contratación.pdfPliego · 9 abr de 2025
  • 2. Acta de aprobación modalidad y peritos.pdfInforme pericial · 9 abr de 2025 · 1 señal
  • 4. Solicitud de compras.pdfSolicitud de compra · 9 abr de 2025 · 1 señal

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
  • Circular de enmienda 001. CP-2025-0004.pdfEnmienda · 16 abr de 2025
  • Acta de adjudicación.pdfActa de adjudicación · 12 may de 2025
  • Acta de adjudicación.pdfActa de adjudicación · —
  • Acta de adjudicación.pdfActa de adjudicación · —
  • Acta de adjudicación.pdfActa de adjudicación · —
  • Acta de apertura de Sobre B.pdfActa · —
  • Acta de apertura de Sobre B.pdfActa · —
  • CONTRATO CLERMONT.pdfContrato · —
  • Contrato Industrias Macier CP-0004.pdfContrato · —
  • Informe de evaluación económica.pdfInforme de evaluación · —
  • Informe de evaluación económica.pdfInforme de evaluación · —
  • Informe de evaluación económica.pdfInforme de evaluación · —
  • Informe final del portalDocumento · —