El acta núm. MIMARENA-2025-53, de 2025-04-04, adjudica a Bosquesa, S.R.L. los tres ítems del proceso MIMARENA-DAF-CM-2025-0040 por RD$1,976,677. Registra que la certificación de apropiación presupuestaria del 2025-03-26 era por RD$1,830,000 y que cuatro oferentes quedaron habilitados. También documenta que algunos oferentes fueron descartados por documentación faltante, plazo de entrega, especificaciones técnicas o actividades comerciales del RPE.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (24 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta consigna una apropiación de RD$1,830,000 y adjudica por RD$1,976,677: una diferencia de RD$146,677 (aprox. 8.01%). El portal registra el contrato por ese mismo monto; el documento no consigna una nueva certificación que cubra la diferencia, pese a que el reglamento exige saldo suficiente para cubrir el monto total de la contratación.
“El Certificado de Apropiación Presupuestaria Número y Versión: 2555-1 emitido por la Dirección Financiera del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en fecha veintiséis (26) de marzo del año dos mil veinticinco (2025), por un…” (pág. 1)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
La matriz exige actividades comerciales de calefacción y ventilación, maquinaria para agricultura, silvicultura y paisajismo, y componentes estructurales; registra que Deinsa no poseía esas actividades. El requisito conjunto puede limitar la participación de proveedores especializados en solo algunos de los bienes; conviene verificar su proporcionalidad al objeto y cómo se aplicó por ítem. El acta también consigna para Deinsa otros motivos independientes de no habilitación.
“Poseer las siguientes Actividades Comerciales: […]- Calefacción, ventilación y circulación del aire. … Poseer las siguientes Actividades Comerciales: […]- Maquinaria y equipo para agricultura, silvicultura y paisajismo … […]-Componentes…” (pág. 3)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normalRD$110,340
El documento establece que las ofertas de hasta US$10,000 no necesitaban garantía y marca «NO APLICA» para Ramirez & Mojica, a quien registra habilitado. El artículo 196 del Reglamento 416-23 fija una garantía del 1% de la oferta; sus excepciones señaladas en el artículo 195 no incluyen este procedimiento ordinario de compra menor. La diferencia en el requisito puede afectar la igualdad de trato entre oferentes.
“En caso de que el valor de la oferta económica presentada por los oferentes no exceda el equivalente en pesos dominicanos de US$10,000.00. No será necesario presentar dicha garantía. … NO APLICA … HABILITADO” (págs. 4-8)
Posible explicación normal: la ley o el reglamento podría permitirlo.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 195 · Reglamento 416-23, art. 196 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 195 — Garantía de mantenimiento y seriedad la oferta
Artículo 195. Garantía de mantenimiento y seriedad la oferta. Es aquella que se constituye a favor del ente u órgano contratante, a fin de asegurar el mantenimiento y seriedad de las condiciones técnicas y precios de la propuesta presentada, hasta la suscripción del contrato. Párrafo. En los sorteos de obras, subasta inversa y en los procedimientos de excepción por selección directa no se solicitará presentación de garantía de mantenimiento de seriedad de la oferta. En los casos de emergencia nacional, las instituciones contratantes determinarán la razonabilidad de requerir o no este tipo de garantía, considerando el tiempo otorgado entre la convocatoria, la presentación de oferta y la…
Reglamento 416-23, artículo 196 — Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad la oferta
Artículo 196. Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad la oferta. El monto de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta será de un 1 % del monto de la oferta presentada, esta es de cumplimiento obligatorio y vendrá incluida dentro del sobre contentivo de la oferta económica o “Sobre B”.
Oferentes que registra (11)
7 no habilitado · 3 habilitado · 1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Impomas Tecno Global SRLNo presentó el formulario SNCC.F.034, carta de garantía y compromiso de entrega; el acta también registra que no poseía actividades comerciales exigidas.
Inversiones Yang, SRLOfreció un plazo de entrega de 30 días, frente al requisito de cinco días hábiles.
No habilitado
—
RD$370,562
TECHBOX, EIRLNo presentó la garantía de seriedad de la oferta.
No habilitado
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RD$700,283
Fesa, SRLNo presentó la garantía de seriedad ni la carta de garantía del bien.
No habilitado
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RD$2,582,506
Comercial Estevez, SRLNo presentó garantía de seriedad; el acta también registra falta de carta de garantía, compromiso de entrega y algunas actividades comerciales requeridas.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona