La certificación, fechada el 20 de febrero de 2025, declara fondos por RD$152,929,523.59 para obras del Presupuesto Participativo Municipal y reserva la cuota de compromiso para enero-marzo. Indica que se utilizaría Comparación de Precios, mientras que el portal registra el proceso como Sorteo de Obras; además, la certificación vincula los fondos a un período que termina antes de la convocatoria del 3 de abril de 2025.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La certificación indica Comparación de Precios, pero el portal registra Sorteo de Obras. El estimado de RD$152,929,522.60 queda por debajo del umbral 2025 para sorteo de obras (RD$186,064,255.81) y dentro del rango de Comparación de Precios para obras; conviene verificar la concordancia entre la certificación y la modalidad ejecutada.
“En ese sentido y en base al presupuesto aprobado el Procedimiento de Selección a utilizar para esta compra o contratación es Comparación de Precios.” (pág. 1, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 17 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 17
ART. 17. Para determinar la modalidad de selección a aplicar en un proceso de compra o contratación se utilizarán los umbrales topes, que se calculan multiplicando el Presupuesto de Ingresos Corrientes del Gobierno Central, aprobado por el Congreso de la República, por los factores incluidos en la siguiente tabla, según corresponda a obras, bienes o servicios: OBRAS BIENES SERVICIOS 1) Licitación pública 0.00060 0.000020 0.000020 2) Licitación restringida 0.00025 0.000008 0.000008 3) Sorteo de obras 0.00015 No Aplica No aplica 4) Comparaciones de precios 0.00004 0.0000015 0.0000015 Compras menores No aplica 0.0000002 0.0000002 A título enunciativo, para el Presupuesto de Ingresos Corrientes…
La certificación reserva la cuota de compromiso para enero-marzo, mientras que el proceso se convocó el 3 de abril de 2025. Es un dato para verificar frente a la certificación presupuestaria vigente al convocarse y al saldo disponible para cubrir la contratación; la certificación también afirma que existe apropiación dentro del presupuesto anual.
“Que esta Dirección Financiera cuenta con la debida apropiación de fondos dentro del presupuesto del presente año 2025 y hace la reserva de la cuota de compromiso para el período ENERO - MARZO para la adquisición que se especifica a continua” (pág. 1, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona