jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Dictamen

DICTAMEN JUDIRICO .pdf

LA INTERVENCION EN LA CALLE R. PAULINO, QUE CONSISTIRA EN LA LIMPIEZA DE IMBORNALES, CONSTRUCCION DE PARRILLAS, COLOCACION DE PINTURA Y ELABORACION DE ACERAS Y CONTENES · Ayuntamiento Municipal de La Romana

Publicado el 27 mar de 2025Fechado el 20 mar de 20251 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso AMR-CCC-CP-2025-0002

Lo que dice

El dictamen jurídico, fechado el 21 de marzo de 2025, expresa conformidad con el pliego para intervenir la calle R. Paulino y afirma que cumple con la Ley 340-06 y su reglamentación. Sin embargo, describe el pliego como «por urgencia» y recomienda un «proceso de compras menor», aunque el expediente y el portal identifican el proceso como comparación de precios ordinaria.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (1)

A revisarHallazgo en documentosRD$5.4 millones

El dictamen mezcla compra menor, urgencia y comparación de precios

Documento del 27 mar 2025 · hace 1 año

El dictamen caracteriza el pliego como «por urgencia» y manifiesta conformidad con realizar un proceso de «compras menor», mientras que el proceso se registra como comparación de precios ordinaria. El monto estimado de RD$5,414,790 supera el máximo de compras menores de 2025 (RD$1,860,642.55) y está dentro del rango de comparación de precios para bienes y servicios; la discrepancia en el dictamen amerita verificar que la modalidad aprobada y el fundamento jurídico se correspondan con el procedimiento efectivamente convocado.

“VISTO: El pliego de condiciones por urgencia para la realización " PARA LA INTERVENCION EN LA CALLE R. PAULINO, QUE CONSISTIRA EN LA LIMPIEZA DE IMBORNALES, CONSTRUCCION DE PARRILLAS, COLOCACION DE PINTURA Y ELABORACION DE ACERAS”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 42 · Reglamento 416-23, art. 44 · Reglamento 416-23, art. 53 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 42 — De la comparación de precios

Artículo 42. De la comparación de precios. Este procedimiento se utilizará para la adquisición de bienes comunes con especificaciones estándar, contratación de servicios y obras menores. Párrafo. En el caso de que el presupuesto estimado de las obras a contratar se encuentre dentro del umbral fijado para compra menor o compra por debajo del umbral mínimo, deberá utilizarse el procedimiento por comparación de precios.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 44 — De las compras menores

Artículo 44. De las compras menores. Este procedimiento podrá utilizarse para adquirir bienes o servicios mediante un trámite simplificado, conforme al monto establecido en los umbrales actualizados anualmente por la Direccion General de Contrataciones Públicas.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 53 — Procedimiento de excepción por urgencia

Artículo 53. Procedimiento de excepción por urgencia. Se consideran urgentes los procedimientos para adquirir bienes, servicios u obras para atender necesidades provocadas por acontecimientos fortuitos, inesperados, imprevisibles, inmediatos, concretos y probados, que impactan al interés público y se encuentran en el ámbito de acción de una institución pública. En estos casos, no resulta posible la aplicación de los procedimientos de selección ordinarios en tiempo oportuno. No serán considerados criterios válidos para declarar la urgencia de la compra o contratación las razones establecidas en la ley, que son las siguientes: 1. La dilación en el accionar de los funcionarios intervinientes.…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Otros documentos del proceso (6)

  • ACTA DE INICIO.pdfPliego · 27 mar de 2025
  • ESPESIFICACIONES TECNICA .pdfSolicitud de compra · 27 mar de 2025 · 2 señales
  • pliego de condiciones .pdfPliego · 27 mar de 2025 · 4 señales
  • ACTA DE INICIO.pdfPliego · 27 mar de 2025
  • ACTA DE INICIO.pdfInforme pericial · 27 mar de 2025
  • Acta de Cancelacion .pdfActa · 25 abr de 2025 · 2 señales

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona