El pliego del proceso CODOPESCA-CCC-LPN-2025-0001 establece la adquisición en lote único de tres camionetas 4x4 y un camión, con valor referencial de RD$11,100,000.00, y fija la recepción de ofertas para el 12 de mayo de 2025 y la adjudicación hasta el 22 de mayo. El documento contiene reglas discrepantes sobre criterios de adjudicación, experiencia del concesionario y plazos de garantía; según el portal, el proceso figura cancelado.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego exige en una sección más de 25 años de permanencia del concesionario en el país y en otra un mínimo de 15 años. La diferencia deja incierto el requisito que se aplicaría para habilitar a los oferentes y puede afectar la preparación y evaluación de las ofertas.
“El concesionario debe tener más de 25 años de permanencia en el país y taller autorizado para brindar garantía. … El concesionario debe tener minimo de 15 años de permanencia en el país y taller autorizado para brindar garantía.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 72 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
El cronograma fija la notificación de adjudicación para el 22 de mayo y exige la garantía de fiel cumplimiento a más tardar el 23 de mayo al mediodía, mientras el propio pliego y el reglamento contemplan cinco días hábiles para presentarla. La fecha límite podría reducir el tiempo disponible para el adjudicatario.
“16. Notificación de adjudicación (artículo 134 Reglamento núm. 416-23) Hasta 22 de mayo del 2025 hasta las 12:00 m. … 17. Plazo para la constitución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato Hasta 23 de mayo de 2025 hasta las 12:00 m.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 200 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 200 — Presentación de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 200. Presentación de la garantía de fiel cumplimiento. El adjudicatario deberá constituir y presentar ante el ente u órgano contratante la garantía de fiel cumplimiento dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificación de la adjudicación. Para licitaciones internacionales o cuando sea un adjudicatario extranjero, el plazo será de diez (10) días hábiles. Párrafo I. Si dentro del plazo definido por este artículo no es formalizada la garantía correspondiente, no podrá generarse la orden de compra o suscripción del contrato y la institución contratante podrá ejecutar la garantía de mantenimiento o seriedad de la oferta y proceder a adjudicar al oferente que haya…
La tabla económica indica seleccionar la oferta de menor costo entre las que cumplan los demás criterios, pero la sección de adjudicación dispone asignar el contrato a la oferta con mayor puntaje técnico y económico. Como la evaluación técnica se define como Cumple/No cumple, la divergencia deja sin claridad el criterio operativo de selección y sus ponderaciones.
“Ser la oferta de menor/ costo de entre las ofertas que cumplan con todos los demás criterios … La adjudicación será realizada con base a: iii) Calidad y Precio, en la cual se adjudicará a la oferta cuyo puntaje final sea el más elevado, lue”
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Tras la notificación de errores u omisiones hasta las 10:45 a. m., el pliego concede hasta las 10:50 a. m. para subsanar y hasta las 11:00 a. m. para ponderar las subsanaciones. El plazo de cinco minutos para responder puede impedir materialmente subsanar y merece revisión frente al requisito reglamentario de que el plazo sea razonable.
“6. Notificación de errores u omisiones de naturaleza subsanables y solicitud de aclaraciones a la oferta técnica (artículos 120, 121 y 129 Reglamento núm. 416-23) Hasta 12 de mayo del 2025 hasta las 10:45 a.m. … 7. Período de subsanación pa”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 122 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 122 — Procedimiento para la subsanación
Artículo 122. Procedimiento para la subsanación. La Unidad Operativa de Compras y Contrataciones deberá notificar, de manera diligente y en igualdad de condiciones, a los oferentes para que subsanen en el plazo establecido en el cronograma de actividades del procedimiento, los errores u omisiones identificados en el informe de evaluación, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) y vía correo electrónico que se encuentre registrado en el Registro Proveedor del Estado o en la propuesta técnica presentada. Párrafo I. El pliego de condiciones deberá fijar expresamente el plazo para subsanar, que deberá ser razonable en relación con los tiempos de convocatoria…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación
Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…