La Enmienda No. 02, fechada el 24 de marzo de 2025, modifica los requisitos de documentación técnica y los criterios de evaluación de la licitación para adquirir plantas eléctricas. Declara no subsanables varios documentos técnicos, ajusta la experiencia específica del oferente y precisa requisitos para el personal clave; en la versión modificada no aparece el compromiso de mantenimiento del precio ofertado que figuraba en la lista anterior.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina de la lista modificada el documento que acreditaba el compromiso de mantener el precio ofertado..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
11.1.3 Documentación técnicaDocumentos declarados no subsanables
Solo la oferta técnica/ficha técnica con imágenes figuraba expresamente como no subsanable.
También se declaran no subsanables el cronograma de trabajo, la disponibilidad de entrega, la declaración de equipos nuevos y originales, la garantía con mantenimiento y el compromiso por desperfectos.
Endurece
12.1.3 Metodología y criterios de evaluación; Cuadro No. 1Experiencia específica del oferente
La experiencia específica se describía como suministro e instalación de recableado en estaciones de peaje.
Se describe como adquisición de plantas eléctricas para todas las estaciones de peaje.
Aclara
12.1.3 Metodología y criterios de evaluación; Cuadro No. 1Requisitos del personal clave
Se aludía a experiencia previa del personal y a valorar nivel académico, antigüedad profesional y experiencia en proyectos similares, sin el umbral de personal que aparece en el nuevo cuadro.
Se especifica un ingeniero eléctrico certificado por CODIA, con más de dos años de experiencia profesional y experiencia certificada en más de dos proyectos similares.
Endurece
11.1.3 Documentación técnica y 12.1.3 Metodología y criterios de evaluaciónCompromiso de mantenimiento del precio ofertado
La lista incluía una carta de compromiso del tiempo de mantenimiento del precio ofertado, conforme al numeral 11.2, punto C.
La lista modificada de documentos y la relación de evaluación terminan en el numeral 10 y no incluyen ese compromiso.
RelajaQuita un control: Se elimina de la lista modificada el documento que acreditaba el compromiso de mantener el precio ofertado.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona