Período del servicio anterior a la convocatoria
· hace 1 año
El dictamen del 12 de marzo refiere el servicio a enero-marzo de 2025, mientras que el portal indica que la convocatoria se publicó el 20 de marzo. Como la institución ya había convocado un proceso de objeto similar en 2024, conviene verificar si el período es una referencia errónea o si se pretendía cubrir servicios anteriores a la convocatoria; el documento por sí solo no acredita que se hayan prestado.
“para el período comprendido entre ENERO-MARZO 2025, conforme a la solicitud realizada por la Encargada Interina de Recursos Humanos. La comunicación realizada por la Encargada Interina de Recursos Humanos, de fecha dieciséis (16) de enero d”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
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