La enmienda al pliego del proceso ASDO-CCC-CP-2025-0002, fechada el 4 de marzo de 2025, atiende observaciones de la DGCP y modifica aspectos del cronograma y de las condiciones de ejecución. Establece un plazo de ejecución de cuatro meses, fija fechas para presentar la garantía, suscribir y publicar los contratos, y señala que la visita no es obligatoria.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda está fechada el 4 de marzo y el pliego, según el resumen del proceso, fijaba la recepción de ofertas para el 6 de marzo. Si el plazo de ejecución de cuatro meses introdujo información nueva relevante para preparar las propuestas, el intervalo de dos días amerita verificar si permitió ajustarlas adecuadamente y si correspondía ampliar el plazo; el documento no indica una prórroga.
“La Convocatoria a comparación se hace sobre la base de un plazo para la ejecución de los trabajos de cuatro (4) meses, con un cronograma estimado a nivel de cada producto, actividad o logro de objetivos.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La enmienda fija la suscripción de los contratos hasta el 26 de marzo; sin embargo, el portal registra contratos confirmados y enviados el 18 de marzo, y el resumen del acta de adjudicación indica fecha 23 de marzo. La secuencia requiere cotejar las fechas con los contratos firmados y las notificaciones, pues los registros del portal podrían reflejar una fecha de gestión distinta de la suscripción efectiva.
“Suscripción del (los) contrato(s) y emisión de órdenes de compra o de servicios | Miércoles 26 de marzo hasta 1:20 pm del 2025”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 133 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
Cambios que introduce (4)
Sección
Antes
Después
Efecto
CronogramaGarantía de fiel cumplimiento, suscripción y publicación de contratos
No indicado en esta enmienda.
Garantía hasta el 24 de marzo de 2025 a la 1:20 p. m.; contratos hasta el 26 de marzo; publicación hasta el 31 de marzo.
Aclara
Tiempo de ejecución de la obraDuración de los trabajos
No indicado en esta enmienda.
La ejecución de los trabajos tendrá un plazo de cuatro meses, con cronograma estimado por producto, actividad o logro de objetivos.
Aclara
Mantenimiento de la ofertaPlazo de mantenimiento
No indicado en esta enmienda.
Los oferentes deberán mantener las ofertas del 6 al 26 de marzo de 2025 hasta la 1:20 p. m.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona