El pliego convoca una contratación por excepción competitiva de exclusividad para el servicio de almuerzos y cenas por un año, con presupuesto base de RD$90,000,000 y 343,200 raciones estimadas, en un lote único adjudicable al menor precio que cumpla los requisitos. Fija la convocatoria para el 28 de febrero de 2025, la recepción de ofertas para el 12 de marzo y la adjudicación para el 10 de abril de 2025. Identifica tres proveedores potenciales y establece requisitos técnicos, financieros y de experiencia para habilitar las ofertas.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego primero admite ofertas por el SECP o en papel y después limita la recepción a ofertas físicas. La regla contradictoria puede excluir a quienes preparen una oferta electrónica, pese a que el Reglamento reconoce ambos formatos.
““los (as) oferentes deberán presentar sus propuestas por vía electrónica, a través del SECP, o en formato papel ante la institución contratante” … “Solo serán recibidas ofertas en formato papel (físicas)””
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 109 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 109 — Formato de presentación de propuestas
Artículo 109. Formato de presentación de propuestas. Los oferentes presentarán su propuesta en ofertas técnicas y económicas de forma electrónica a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) o en soporte papel. Ambos formatos tendrán la misma validez. Párrafo. La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación del pliego de condiciones y sus enmiendas o adendas, normas y cláusulas que rijan el procedimiento de selección al que se presente, por lo que no será necesaria la presentación de los pliegos firmados junto con la propuesta.
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Se exige una plataforma con al menos 10 restaurantes activos, documentación sanitaria y técnica de cinco de ellos, y referencias de tres clientes por servicios de almuerzos y cenas mediante plataforma web. Aunque las exigencias de inocuidad tienen relación con el objeto, la combinación de umbrales y experiencia específica merece verificarse frente al mercado limitado que el propio pliego describe.
““Poseer un mínimo de 10 restaurantes o proveedores de almuerzos y cenas activos en su plataforma” … “Cartas de referencias de al menos tres (03) instituciones públicas y/o privadas a las que hayan prestado servicios de almuerzos y cenas de ”
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Una cláusula fija la vigencia de la garantía en un año y otra la extiende hasta el fiel cumplimiento y la liquidación del contrato. La diferencia puede dejar incierto si la cobertura debe continuar cuando la liquidación exceda ese año.
““La garantía de fiel cumplimiento de contrato tendrá una vigencia de un (1) año.” … “La vigencia de la garantía será de mínimo un (1) año contados a partir de la constitución de la misma y hasta el fiel cumplimiento y la liquidación del con”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 202 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 202 — Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 202. Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento. La garantía de fiel cumplimiento se mantendrá vigente hasta la liquidación del contrato u orden de compra o servicio. En el caso de la prestación de servicios y la contratación de obras, la garantía de fiel cumplimiento asegurará, además, el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del proveedor. Párrafo I. En la contratación de obras, la garantía permanecerá vigente hasta la recepción y verificación de la inexistencia de fallas y desperfectos en la construcción por parte de la institución contratante. Si existieran fallas o desperfectos, debidamente demostrados y notificados al adjudicatario y este se…
El pliego pide referencias bancarias que demuestren solvencia y respaldo económico, pero no fija montos mínimos, indicadores ni parámetros para decidir si se cumple. Esa formulación puede dejar margen de valoración distinto entre oferentes.
““Referencias bancadas del presente año dirigidas al MICM que demuestren solvencia y respaldo económico. Indicar los montos disponibles en líneas de crédito en caso de tenerlas.””
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Grupo Hiciano Gruhinc, S.R.L.Identificado como proveedor potencial; presentó oferta y quedó habilitado. Su oferta fue superior a la de Inversiones Siurana.
Habilitado
Lote único
RD$89,508,392
Inversiones Siurana, S.R.L.Identificada como proveedor potencial; presentó la oferta de menor precio y fue adjudicada.
Adjudicado
Lote único
RD$88,372,041
Delivery Hero República Dominicana, S.R.L. (Pedidos Ya)Identificada como proveedor potencial e invitada, pero no figura entre las ofertas recibidas y evaluadas.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…