El Acta núm. 010-2025, del 25 de febrero de 2025, aprueba el informe técnico-legal y autoriza una contratación directa por proveedor único para alquilar durante cuatro años el edificio sede de la Comisión Nacional de Energía. Registra una apropiación presupuestaria de RD$84,756,834.59 y una cotización de RD$1,420,000 mensuales más impuestos; además, designa tres peritos y ordena publicar el proceso.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta consigna una apropiación de RD$84,756,834.59, mientras que el portal y el acta de adjudicación posterior registran RD$86,972,390 para el contrato, una diferencia de RD$2,215,555.41. Conviene verificar cómo se cubrió esa diferencia frente a la exigencia de contar con fondos suficientes para la contratación.
“por un valor de OCHENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS DOMINICANOS CON 59/100 (RD$84,756,834.59).”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
El acta justifica la modalidad en que la propietaria ya arrienda el edificio a la CNE y este se utiliza como sede. Aunque consigna que existe un informe técnico-legal separado, conviene comprobar que dicho informe sustente que el inmueble es insustituible o la única opción disponible, y no solo que ya está en uso.
“Que la Comisión Nacional de Energía actualmente mantiene un contrato de arrendamiento suscrito con Milagros Carolina Montás Alcántara, utilizando dicho inmueble para el alojamiento de las oficinas de la Comisión Nacional de Energía (CNE)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 57 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único
Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Oferentes que registra (1)
1 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Milagro Carolina Montás AlcántaraEl acta registra su cotización y la identifica como propietaria del edificio que ya aloja la sede; autoriza la modalidad de proveedor único, pero este documento no adjudica el contrato.
Mencionado
Alquiler del edificio sede; cotización mensual más impuestos
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona