El pliego fija las bases de la licitación pública nacional OPRET-CCC-LPN-2025-0001 para estudios y diseños de las cocheras Luperón de la Línea 2C, con presupuesto estimado de RD$159,000,000, ejecución máxima de un año y evaluación técnica de 100 puntos, con mínimo de 80. Prevé adjudicación basada en calidad y convocatoria del 30 de enero de 2025; según el portal, el proceso figura cancelado y el acta posterior registra la cancelación tras recibirse ofertas.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Aunque el objeto es contratar servicios de consultoría para estudios y diseños, el pliego exige análisis de costos unitarios de materiales, equipos y mano de obra de las obras a construir y contempla rechazos por falta de detalle coherente con su complejidad. El alcance incluye presupuestos y términos de referencia de las obras, pero conviene verificar cómo se aplicaría este requisito a la comparación de ofertas por servicios.
“El oferente deberá presentar en detalle un listado de los precios del mercado real utilizados para realizar sus análisis unitarios tanto de: materiales, equipo y mano de obra. b. Se rechazarán ofertas que no presenten análisis de costos”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
El pliego prevé hasta un año hábil para formalizar la recepción conforme del servicio una vez notificada su prestación. El artículo 186 del Reglamento establece como referencia un máximo de diez días hábiles, salvo que el pliego o contrato disponga otro plazo; la duración consignada merece revisión por su posible efecto en la aceptación y el pago de los entregables.
“Si la prestación del servicio fue acorde con los términos de referencia, la institución deberá formalizarla mediante la recepción conforme en un plazo un (1) año hábil, a partir del día siguiente de notificado la prestación del servicio.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 186 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 186 — Plazo para la recepción conforme de bienes y servicios
Artículo 186. Plazo para la recepción conforme de bienes y servicios. La recepción conforme se otorgará dentro del plazo máximo de diez (10) días hábiles salvo que en el pliego de condiciones o en el contrato se estableciera uno distinto. dicho plazo comenzará a correr a partir del día hábil inmediato siguiente al de la fecha de entrega de los objetos comprados o contratados o al del vencimiento del período que se hubiera establecido en el pliego de condiciones o en el contrato. una vez vencido el plazo establecido para la conformidad, el proveedor podrá intimar la recepción. si la institución contratante no se pronunciara dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al de la recepción…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona