El Acta AC-60-2024, de fecha 2024-12-27, adjudica el proceso DGAP-CCC-CP-2024-0012 por RD$11,855,972.64: el lote 1 a Premium Business Service, SRL, por RD$4,067,336.82 y el lote 2 a PV Solutions, SRL, por RD$7,788,635.82. El comité señala que adjudicó conforme al menor precio y que solo se adjudicaría un lote por oferente; también registra que PV Solutions fue la única oferta habilitada para el lote 2.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta registra que PV Solutions fue la única oferta habilitada técnicamente para el lote 2, que finalmente le fue adjudicado por RD$7,788,635.82. Conviene revisar qué redujo la competencia efectiva en ese lote, aunque el documento no establece que la evaluación fuera improcedente.
“el habilitado para el lote 2: PV SOLUTIONS, S.R.L., y descartar a los oferentes: BENESTA INGENIERIA, S.R.L., LETEJA, S.R.L., y PREMIUM BUSINESS SERVICE, S.R.L., los cuales no cumplieron con los criterios técnicos requeridos.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El acta adjudica el lote 1 a Premium Business Service por RD$4,067,336.82. Según la consulta de DGII de 2026-09-27 aportada para este análisis, su actividad figura como venta al por mayor de productos alimenticios, mientras que el RPE incluye el rubro Obras; como el dato registral es posterior al proceso, corresponde verificar cuál era su actividad y capacidad pertinente al momento de ofertar.
“PREMIUM BUSINESS SERVICE, S.R.L., 1 RD$4,067,336.82”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
CONSTERDOM, S.R.L.Aunque fue habilitado técnicamente para el lote 1, el acta indica que su garantía de seriedad de la oferta era insuficiente en cuanto al monto y que el requisito no era subsanable.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona